El Tribunal de la UE anula una multa de 14,6 millones impuesta al sector lácteo español
La sentencia asegura que la Comisión Europea eligió una base jurídica "errónea" para aplicar la sanción
Bruselas
El Tribunal de Justicia de la UE anuló hoy una sanción de 14,6 millones de euros que la Comisión Europea impuso a España en 2001, por negligencia en el pago de intereses relacionados con las tasas por la cuota láctea.
Los jueces comunitarios estimaron, en una sentencia hecha pública hoy, que Bruselas eligió una base jurídica "errónea" para aplicar esa multa y que "el hecho de que esos intereses se pagaran con retraso o no se hayan abonado aún, no constituye una infracción del Derecho comunitario".
Por el contrario, el Tribunal dio la razón a la Comisión Europea y desestimó otras partes de un recurso presentado por España contra multas en los sectores del aceite de oliva y herbáceos.
España impugnó en su denuncia sanciones agrícolas por valor de 274 millones de euros.




