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El Supremo pide el indulto para un condenado por colaborar con ETA

El alto tribunal considera que el sujeto ha abandonado y rechazado la actividad terrorista con "mucha seriedad"

El Tribunal Supremo ha informado favorablemente para que el Gobierno indulte totalmente la pena de 13 años y nueve meses de cárcel impuesta a un joven por colaborar con ETA e incendiar cajeros y sucursales bancarias en 1998, al estimar que ha quedado "suficientemente" acreditado su "abandono y rechazo" de la actividad terrorista.

Así lo afirma la Sala de lo Penal del Alto Tribunal en un escrito remitido al ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, donde se explica que todos los informes que obran en el expediente de indulto del joven remitidos por diversos organismos, entre ellos el del Secretario de Organización del PSOE de Vizcaya, coinciden en "la seriedad del abandono de la violencia terrorista" por parte del joven.

Éste fue condenado en 2002 por la Audiencia Nacional a un total de diez años de cárcel por colaboración con banda armada y un delito de terrorismo referido a daños e incendios terroristas.

La Audiencia consideró entonces probado que el joven formó con otra persona en el verano de 1998, cuando tenía 19 años, un talde llamado Eusko Jentileen Zirkuloa, que se dedicó a realizar diversas acciones de violencia callejera "siguiendo las indicaciones" dadas por la banda terrorista ETA, como quemas de cajeros y sucursales de la BBK, y a la recopilación de datos de agentes de la Ertzaintza y de otros cuerpos policiales.

El Tribunal Supremo decidió en mayo de 2003 incrementar en tres años y nueve meses la citada condena, al estimar un recurso técnico del ministerio fiscal.

Sin embargo, el Supremo consideraba que en la ejecución de la sentencia se debía valorar el hecho de que el joven disentía ya "profundamente de su participación" en esos hechos y de las "actividades en las que se vio envuelto", y se afirmaba que se había ausentado del País Vasco y que tenía trabajo e hija.

"TÍPICO CASO DE CAPTACIÓN"

Ahora el Supremo acuerda informar favorablemente al "indulto total" de la pena impuesta y explica que en este caso se "está en presencia del típico caso de captación para la actividad terrorista por la fascinación que ésta puede ejercer - y ejerció en su caso- en sectores de la juventud vasca".

Además añade que ha quedado "suficientemente acreditada la realidad y firmeza del abandono y rechazo de la anterior actividad terrorista que desarrolló el penado" y recuerda que el joven trabaja actualmente en el sector de la hostelería en Vizcaya, convive de forma estable con su pareja y, según su abogado, "ha asistido a las manifestaciones que en febrero de 2002 tuvieron lugar como protesta por atentados de ETA".

El Alto Tribunal cita asimismo informes recogidos en su expediente de indulto emitidos por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Portugalete, Cáritas diocesana de Bilbao, el Secretario de Organización del PSOE de Vizcaya, la coordinadora de Gesto por la Paz de Euskalherria, el párroco de Santa María de Portugalete, el portavoz del Grupo Socialista en las Juntas Generales de Vizcaya y de Eudel, Asociación de Municipios Vascos.

Todos ellos coinciden, según el Supremo, "en el sentido de tener conocimiento de la seriedad del abandono de la violencia terrorista" por parte del joven, "así como de su arraigo social, trabajo y del retroceso que para toda esta reintegración social supondría el ingreso en prisión".

SÓLO DAÑOS MATERIALES

Además, el Alto Tribunal estima que hay que añadirse como "un plus en favor" de que se apoye su indulto el hecho de que los delitos por los que fue condenado "sólo tuvieron como resultado daños materiales en diversos locales" de la BBK y de Cáritas, quienes precisamente "están de acuerdo con la concesión de un indulto que impida el ingreso en prisión del penado".

Así, el Supremo estima "procedente un informe favorable al indulto total de la pena de prisión" impuesta, mientras que el ministerio fiscal es partidario de un indulto parcial, para que se le reduzca un tercio de la condena.

 

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