Condenado a seis años de cárcel el abogado Rodríguez Menéndez por un delito contra Hacienda
No podrá ejercer su profesión mientras dure la condena
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al abogado José Emilio Rodríguez Menéndez a seis años de prisión menor por un delito continuado contra la Hacienda Pública, por el que además le impone una multa de 24.753.698,52 euros, mientras que absuelve a la letrada de su despacho Alicia Moreno Pérez.
En caso de que no abone esta cantidad, se le advierte que tendrá una responsabilidad personal subsidiaria consistente en la privación de libertad de hasta seis meses si el impago es total.
El tribunal le condena también a pagar a Hacienda en concepto de indemnización por perjuicios causados de 306 millones de pesetas, equivalente a 1,83 millones de euros, así como a pagar la mitad de las costas del juicio, incluyendo en ellas las correspondientes a la acusación particular.
El fallo de la sentencia precisa que el abogado no podrá ejercer su profesión durante el tiempo que dure la condena y pierde la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y tampoco podrá gozar de beneficios e incentivos fiscales durante este tiempo.
Delito continuado contra la Hacienda Pública
Según explica la resolución, que consta de 112 folios, el abogado era accionista y administrador de "Bufete Orense 8 S.A.", que integraba a un grupo cambiante de abogados que el acusado "dirigía y controlaba a su arbitrio como un despacho personal, asistido de colaboradores, contratados o asociados con una mínima participación social".
El Tribunal considera probado que los ingresos y los pagos profesionales y personales del abogado, así como de sociedades de las que era socio mayoritario -con un 99,5 por ciento- y que por ello podía gestionar como de su propiedad personal "se confundían en unas mismas cuentas".
Así, en los ejercicios fiscales correspondientes a 1990, 1991, 1992, 1993 y 1994 presentó las respectivas autoliquidaciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y "las bases imponibles manifestadas no respondían a la realidad, sino que estaban muy por debajo de ella, para que de este modo su deuda tributaria fuese también muy reducida".




