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La UE condena a España por incumplir la normativa en concursos de obras públicas

España ha modificado ya parte de lo que le obliga la sentencia

Importante varapalo de la Justicia Europea al sistema de adjudicación de obras públicas en España. El Tribunal de Luxemburgo ha condenado a nuestro país por incumplir la normativa comunitaria. Se habla, entre otras cosas, de falta de transparencia y además la sentencia no es recurrible. El Gobierno español ha aclarado que ya han sido modificados los artículos a los que se refiere la sentencia.

Para la UE es un problema de opacidad porque la ley española reduce la obligación de publicar los pliegos de contratación pública para obras y para servicios respecto a la norma europea. Por ello el tribunal ha obligado que se modifique la ley española. Se trata de un tema clave en la UE porque muchas de estas obras de contratación están relacionadas con proyectos que tienen subvención europea.

En concreto, el Tibunal cuestiona los organismos sujetos a la obligación de hacer públicas estas contrataciones y también las fórmulas para poder realizarlas sin necesidad de hacer público el concurso. En Europa, sin embargo, son muy restrictivas y acotadas a un máximo de tres años, requisitos más amplios en la ley española.

Es un problema que se arrastró desde el 97 y que ha durado hasta hoy cuando el tribunal publicó su sentencia del pasado 13 de enero.

Modificaciones ya aprobadas

El último Consejo de Ministros ya aprobó la modificación de los artículos a los que afecta la sentencia. El método de adjudicación de obras sobre el que el Tribunal de Luxemburgo hace especial hincapié es el denominado "procedimiento negociado".

Es el que se aplica cuando a un concurso público previo no se ha presentado nadie o quienes se han presentado no han considerado la oferta interesante. Entonces, la Administración negocia con los candidatos unas nuevas condiciones. Hasta ahora, entre los elementos que se podían revisar estaba el precio, que podía ser modificado en un 10%. Ahora, con el cambio de la legislación, se podrán tocar otros elementos menores, pero no ese.

Muy usado por Exteriores y Defensa

El ejemplo más típico de este tipo de contratación es el del armamento. De hecho, y según un informe del Tribunal de Cuentas sobre la Contratación Pública en el año 2002, el Ministerio de Defensa adjudicó por este procedimiento dos tercios de los contratos de ese año.

También la utilizó el Ministerio de Asuntos Exteriores para hacer obras en las representaciones españolas en el extranjero o el de Ministerio de Industria para contratar obras en los paradores.

 

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