Una sentencia prohíbe el término 'bío' en los productos no ecológicos
Lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El Tribunal establece que las reglas actuales prohíben que en España los productos que no se hayan obtenido de acuerdo con el régimen de agricultura ecológica lleven el distintivo "biológico" o "bío" en la etiqueta, en la publicidad o en los documentos comerciales.
A partir de hoy, los consumidores sabrán mejor si comen un producto ecológico. Una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE prohíbe a España usar el término "bío" para alimentos que no proceden de la agricultura ecológica o biológica.
Todo viene por una denuncia del Comité Andaluz de Agricultura Ecológica contra un Real Decreto español que establecía que la mención "bío" podía utilizarse para productos no ecológicos. El Tribunal comunitario lo desestimó porque la norma española no era incompatible con la normativa comunitaria hasta 2004, pero a partir de ese momento sí, por lo que considera que actualmente debe limitar el uso de "bío" a alimentos ecológicos. La UE estableció que los términos "bío" y "eco" se consideran indicaciones referentes al método de producción ecológica (sin productos químicos).
Por este motivo, eEl Ministerio de Agricultura español tiene previsto cambiar en breve el polémico Real Decreto con el fin de proteger la indicación "bío" como uso exclusivo para la producción ecológica e impedir que se emplee en alimentos no elaborados mediante este tipo de agricultura.




