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Las empresas que discriminen a los discapacitados tendrán multas de hasta un millón de euros

Otro anteproyecto regulará la lengua de signos y el apoyo a la comunicación oral para las personas sordas

El Gobierno protegerá a las personas discapacitadas con una Ley que establecerá el régimen de infracciones y sanciones para empresas, personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes que no garanticen a este colectivo la igualdad de oportunidades, la no discriminación y accesibilidad universal. El anteproyecto de ley, que prevé multas de entre 300 y un millón de euros, fue presentado hoy al Consejo Nacional de la Discapacidad, junto a otro para regular por Ley la lengua de signos y el apoyo a la comunicación oral para las personas sordas.

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El Consejo de Ministros aprobará próximamente la remisión de los dos anteproyectos al Congreso para que inicien su trámite parlamentario tras las vacaciones. El régimen de sanciones del proyecto presentado por el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, y la secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad, Amparo Valcarce, establecerá multas cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos, incumplimiento de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables, así como el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas.

A la hora de aplicar las sanciones se tendrá en cuenta la intencionalidad o negligencia del sujeto infractor, fraude o connivencia, incumplimiento de las advertencias previas, la cifra de negocios o ingresos de la empresa o entidad, el número de personas afectadas, así como la reincidencia o la alteración social producida, entre otros aspectos.

En cuanto a la regulación de la lengua de signos, la futura norma reconocerá legalmente este lenguaje, su aprendizaje, conocimiento y uso. Además, la ley establecerá y garantizará los medios de apoyo a la comunicación de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

Igualmente, las administraciones educativas dispondrán lo necesario para asegurar el aprendizaje de la lengua de signos española al alumnado sordo, con discapacidad auditiva o sordociego que libremente haya optado por esta lengua. En caso de que esta persona sea menor de edad o estèn incapacitadas, la elección corresponderá a los padres o representantes legales.

 
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