Otorgan la custodia a un padre maltratador por la supuesta influencia de la madre
La magistrada argumente la decisión con un síndrome que no está reconocido por ningún organismo científico
La Audiencia Provincial de Oviedo debe resolver este martes una sorprendente sentencia de una jueza que otorgó la custodia de dos hijos a un padre con orden de alejamiento por maltratador. La magistrado alega que la madre padece el llamado "síndrome de alienación parental". Este síndrome, sin rigor científico, implica una supuesta influencia de la madre en los hijos para que estos lleguen a repudiar a su padre.
El hombre tenía una orden de alejamiento de la madre y de sus dos hijos por un delito de malos tratos, algo que la jueza no tuvo en cuenta para entregarle la custodia de los niños al padre.
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Para dictar sentencia, sólo hizo caso de un informe de los propios juzgados. En ese informe decía que la madre padecía del llamado 'síndrome de alienación parental'. Es decir, que la madre había creado en los niños una actitud negativa hacia el padre. La magistrada hizo caso omiso a otros dos informes, uno de ellos de la psicóloga que siempre había tratado a los niños, en los que se señalaba que el padre "provocaba miedo" en los menores.
Después de siete años viviendo con su madre, los niños pasaron más de tres meses sin poder verla. En la actualidad lo hacen dos horas a la semana. La madre tiene que pasar todos los meses una revisión psicológica.
Las inscripciones en los juguetes de los niños
Este martes la Audiencia Provincial de Oviedo debe decidir si devuelve la custodia a la madre o si los hijos, de 9 y 8 años, se quedan con el padre.
La madre, Pilar, cuenta que en una ocasión mandó a sus hijos unos juguetes con la inscripción "Mamá os quiere mucho. No lo olvidéis". Y explica, "lo que todo el mundo puede leer un mensaje afectivo, ellos interpretaron que generaban en los niños confusión, sentimientos de culpa y son propios de este síntoma".
¿Qué es el 'síntoma de alienación parental'?
El 'síndrome de alienación parental' es un concepto que está comenzado a utilizarse mucho en los juzgados, sobre todo en los casos de violencia de género o en los casos de tutela de menores. No está reconocido ni por la Organización Mundial de la Salud, ni por la Agencia Americana de Psiquiatría y no tiene muchos seguidores en el campo de la psicología.
Miguel Lorente, médico forense y director del Instituto de Medicina Legal de Granada, señala a la Cadena SER que este síndrome es incompatible utilizarlo en una sentencia judicial cuando previamente ha habido una situación de violencia. "No puede haber hostilidad derivada de una manipulación de la madre cuando previamente ha existido una situación de violencia".
Pilar cuenta cómo interpretaron el envío de unos regalos a sus hijos
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Miguel Lorenzo, director del Instituto de Medicina Legal de Granada: "No puede haber hostilidad derivada de una manipulación de la madre cuando previamente ha existido una situación de violencia"
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