El Tribunal de la UE declara ilegal sustituir las vacaciones por dinero
En España ya es ilegal sustituir las vacaciones por una compensación económica
Luxemburgo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyó hoy que sustituir las vacaciones anuales mínimas no disfrutadas por una compensación económica viola la legislación comunitaria. Responde así a un caso planteado en Holanda, donde el Ministerio de Trabajo planteaba que empresarios y asalariados podían pactar por escrito una compensación económica en el año posterior.
Según el gobierno holandés, los días de vacaciones acumulados de años anteriores "exceden del derecho a vacaciones mínimas y, en consecuencia, es posible renunciar a ellos a cambio de una compensación económica".
Contra esa interpretación, la Federación de Sindicatos Holandeses presentó una demanda ante un tribunal nacional, que a su vez remitió el caso al Tribunal de Justicia de la UE.
En una sentencia dictada hoy, los jueces europeos subrayan que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas "es un importante principio de Derecho social comunitario" y que sustituirlas por una compensación económica "incitaría a los trabajadores a renunciar a su tiempo de reposo".
"Los trabajadores deben poder disfrutar de un descanso efectivo, en aras de una protección eficaz de su seguridad y de su salud", destaca la sentencia.
Los jueces recuerdan que "sólo en caso de que concluya la relación laboral se permite que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas sea sustituido por una compensación económica".
En España el cambio ya es ilegal
La legislación española ya dice que las vacaciones tienen que disfrutarse dentro del año natural, y que no pueden sustituirse por una compensación económica (salvo en los casos de fin de contrato).
Sin embargo, sí es lícito disfrutar de las vacaciones de un año durante el siguiente, si existe un pacto entre la empresa y el trabajador que así lo contemple.




