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Obligados a posponer su boda por si alguien conoce algún impedimento

Una ley de 1958 obliga a emitir un edicto en el pueblo sevillano de la mujer para conocer si algún vecino tiene algo en contra de la unión matrimonial

Una pareja residente en Barcelona ha debido posponer su boda a la espera de que el pequeño pueblo de Pilas (Sevilla), de donde es la mujer, publicara un edicto para ver si alguien del municipio conocía algún impedimento para que no pudiera contraer matrimonio, en cumplimiento con una ley de 1958.

Los protagonistas de esta peculiar historia son el barcelonés Daniel Altadill y la sevillana Ángeles Martín, ambos divorciados y residentes en la capital catalana, donde hace unos cuatro meses iniciaron los trámites en el Registro Civil para poder casarse en segundas nupcias.

Los funcionarios que les atendieron les explicaron que, una vez comprobado que estaban empadronados correctamente en Barcelona, se les asignaría una fecha para casarse en el mes de septiembre, por lo que la pareja se afanó a reservar el restaurante donde celebrarían el banquete, a comprar los trajes nupciales y a coordinar la llegada de invitados, muchos procedentes de Andalucía.

La sorpresa le sobrevino a Daniel Altadill cuando se personó de nuevo en el Registro para conocer cuál sería la fecha definitiva de su enlace, según ha explicado a Efe el afectado.

Fue entonces cuando le informaron de que la boda se tenía que retrasar porque antes el pueblo de Pilas, al tener menos de 25.000 habitantes, debía publicar en el tablón de anuncios de su registro civil un edicto anunciando la boda de Ángeles para que cualquier persona pudiera denunciar algún impedimento al enlace.

La pareja se siente "discriminada"

Así lo contempla la Ley de Registro Civil de 1958, que establece que "se publicarán edictos o proclamas por espacio de quince días exclusivamente en las poblaciones en cuya demarcación hubiesen residido o estado domiciliados los interesados en los dos últimos años y que tengan menos de 25.000 habitantes de derecho" para anunciar el "casamiento" del interesado.

Daniel Altadill asegura que se siente "discriminado" con una norma que, asegura, "atenta" contra la Ley de Protección de Datos, ya que "un acto tan íntimo como una boda no tiene que ser de dominio público".

 

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