Indemnizada una mujer anunciada en contactos eróticos sin saberlo
Estuvo durante tres semanas en la sección de una revista
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Valencia que condenó al director de la revista Guía Safor a indemnizar a una mujer por los daños morales causados tras anunciarla en la sección de contactos "de contenido erótico" sin que ella lo hubiera solicitado.
La Sala de lo Civil del TS desestimó el recurso interpuesto por la empresa editora, Sabor Edicions S.L, y por el director de la revista contra la dictada en 1999 por la Audiencia Provincial de Valencia que declaró la responsabilidad solidaria de la revista, la responsabilidad mercantil de la editorial, así como la de su director.
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El Alto Tribunal considera acreditados los daños morales sufridos por la mujer, ya que recibió cartas a raíz de la publicación del anuncio, y consideran que tanto la editorial como el director de la revista actuaron de forma "negligente" al no cerciorarse correctamente de la identidad de la persona solicitante antes de publicar el anuncio.
Los hechos se remontan a abril de 1996 cuando la revista Sabor Guia publicó, en los ejemplares correspondientes a la semanas del 5 al 12 de abril, del 11 al 18, y del 18 al 25 de ese mes, un anuncio erótico en la sección de contactos con el nombre de la mujer, la cual negó haber solicitado anunciarse en dicha revista y demandó a la empresa y a su director.
La solicitud no iba firmada
Los demandados alegaron que habían seguido el procedimiento expuesto en la revista para publicar anuncios: indicar el nombre, la dirección donde quisiera recibir la correspondencia, el número de teléfono y adjuntar una fotocopia del DNI. En este sentido, el TS considera que "en la comunicación presuntamente realizada por la demandante a la revista no hay firma alguna".
La resolución continúa indicando que "el respaldo que proporciona una mera fotocopia del DNI no puede considerarse como suficiente a la hora de evidenciar una inequívoca voluntad de anunciarse" y añade que "la confirmación de su autoría como paso previo a la publicación se revela como una medida que la prudencia y cautela hubiera aconsejado adoptar".




