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Un juez prohíbe la emisión de un programa de Telecinco sobre el marido de Lola Flores

En el espacio se iba a informar de un supuesto hijo de El Pescaílla

Madrid

Un juez de la localidad gaditana de Jerez de la Frontera ha prohibido esta noche a la cadena de televisión Telencinco la emisión de un reportaje sobre Antonio González, El Pescailla, marido de la cantante Lola Flores, en el que se hablaba de la supuesta existencia de un hijo secreto de este artista.

La decisión judicial fue decretada ayer, tras una denuncia presentada ante los juzgados de Jerez de la Frontera por Carmen Santos, quien supuestamente mantuvo una relación con el artista, de la que, según el reportaje, nació un hijo. Un portavoz de Carmen Santos ha señalado que la denuncia se presentó a las cinco de la tarde del martes tras ver el programa de Telecinco Aquí hay Tomate, en el que aparecían imágenes grabadas con cámara oculta, anunciando la emisión la pasada noche del reportaje 'El marido de Lola'.

La misma fuente señaló que poco después de las 22.00 de la noche, la titular del juzgado de instrucción número uno de Jerez de la Frontera, Concepción Guerrero Tarreño, emitió un auto en el que dictaminaba como medida cautelar suspender la emisión del vídeo.

Comunicado de Telecinco

Mirta Dragó, representante de esta cadena de televisión, ha afirmado que la suspensión "causa importante perjuicios" a Telecinco, por lo que prevén "realizar las reclamaciones judiciales oportunas". "Esta suspensión ha sido solicitada sin ningún tipo de pruebas", ha dicho la portavoz, ya que la juez "ha tomado la decisión sin visionar el vídeo en cuestión".

Previo al inicio del programa, el presentador Jorge Javier Vázquez leyó en directo un comunicado en nombre de la cadena en el que se afirmaba que "es radicalmente falso el argumento del juez para impedir esta emisión" y que Telecinco considera la orden judicial como "una censura previa, intolerable e injusta". "La suspensión se lleva a cabo sin haber dado la oportunidad a Telecinco de recurrir ante la justicia la suspensión del programa", según argumenta el comunicado de la cadena privada de televisión.

Delito contra la intimidad

Carmen Santos argumenta en su denuncia que el reportaje de Telecinco contenía "imágenes y sonido, en el interior de su vivienda, grabadas sin su consentimiento". Una vez incoadas las diligencias previas, el ministerio fiscal informó favorablemente a la prohibición cautelar de la emisión con el fin de proceder a su visionado. En su resolución, la juez argumenta que el artículo 13 de la ley de Enjuiciamiento Criminal establece como "primeras diligencias, entre otras, las de proteger a los ofendidos o perjudicados por el delito". Añade que, en este caso, "consta la existencia de un hecho que, sin perjuicio de una más depurada calificación jurídica, constituye "indiciariamente un delito contra la intimidad, penado en el artículo 197 del Código Penal".

Además, indica que se hace preciso el previo visionado de las imágenes referidas para determinar si procede o no la completa retransmisión del contenido del documental. Por ello, acuerda con carácter cautelar la prohibición de la emisión del programa-documental sobre la vida de Antonio González El Pescaílla y que, a la mayor brevedad, sea remitida copia al Juzgado para proceder a su visionado. La decisión de la juez de Jerez se trasladó al Juzgado de Guardia de Madrid con el fin de que procediera a notificar en el día de la emisión esta resolución a la Cadena Tele 5 antes de la hora prevista del comienzo del documental (23.30). Además se requería a Telecinco para que "se abstenga de emitir dicho documental bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia, debiendo remitir copia de la grabación a los fines indicados".

 

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