La Generalitat pagará 2,7 millones por delitos de dos presos fugados
El Tribunal Supremo ha ratificado, además, las pena de cárcel de los dos reos
El Tribunal Supremo (TS) ha declarado a la Generalitat responsable civil subsidiaria de los delitos cometidos por Manuel Brito y Francisco Javier Picatoste, los dos presos de la cárcel de Ponent (Lleida) que en su fuga en 2001 asesinaron a un joven, violaron a su novia y dispararon contra un mosso d''Esquadra en prácticas al que dejaron paralítico.
El alto tribunal, por otra parte, confirma las condenas de 76 y 62 años y medio para Brito y Picatoste, respectivamente, y ratifica las condenas de un año y ocho meses impuestas a dos cómplices, mientras que le rebaja un año a un tercero, Jorge U., al absolverle de un delito de encubrimiento.
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La fuga de Brito y Picatoste tuvo lugar el 14 de octubre de 2001, cuando éste último, que no había regresado a la cárcel de Ponent tras un permiso penitenciario, disparó contra los dos mossos d'Esquadra que habían trasladado a Brito al Hospital Arnau de Vilanova de Lleida, donde permaneció unas horas ingresado tras haberse autolesionado en un codo.
Tras dejar malheridos a los dos agentes, que no formaban parte del equipo especial de traslados y custodias y uno de los cuales quedó en silla de ruedas, y robarles sus armas reglamentarias, los presos huyeron en un coche robado a la sierra de Collserola (Barcelona) y permanecieron allí durante un mes, con la ayuda de varios cómplices, entre ellos Jorge U.
El 13 de noviembre, sin embargo, Brito y Picatoste, armados con una pistola y un revólver, decidieron conseguir un vehículo y abandonar la sierra. Por ello, esa noche, con la intención de robarles el coche, asaltaron el turismo en el que se encontraban Sergio M. y su novia, que estaba parado en un camino de Cerdanyola del Valls (Barcelona). Entre los dos mataron a balazos al joven y Brito violó a su novia.
Finalmente, el 16 de noviembre de 2001, los procesados fueron detenidos en la carretera de L''Arrabassada de Barcelona, donde habían quedado con un cómplice, Antonio P., que no acudió a la cita. En el momento del arresto, Brito portaba el revólver y Picatoste una de las armas sustraídas a los mossos d''Esquadra.
El Supremo eleva las indemnizaciones
En julio de 2005, la Audiencia de Barcelona condenó a 76 años de prisión a Manuel Brito y a 62 y medio a Francisco Javier Picatoste por los delitos de detención ilegal, quebrantamiento de condena, atentado en concurso con dos delitos de asesinato en grado de tentativa, tenencia ilícita de armas, asesinato y robo. Además, a Brito se le condenó por un delito de agresión sexual.
En su sentencia, el Supremo eleva también las indemnizaciones que deben recibir las víctimas de Brito y Picatoste. Así, finalmente, el mosso d' Esquadra que quedó paralítico será indemnizado con 1.862.042,55 euros; el otro agente de la Policía autonómica herido recibirá 200.000 euros; la novia de Sergio M., 150.000 euros por el daño moral sufrido por la violación y por la muerte de su pareja; y los padres del fallecido, 500.000 euros por el daño moral que les ha producido la muerte de su hijo.
De dichas cantidades, que ascienden a un total de 2,7 millones de euros, deberá responder como responsable civil subsidiaria la Generalitat, pese a que en un principio fue absuelta por la Audiencia de Barcelona al considerar que "la única infracción reglamentaria apreciada" (el uso del teléfono por parte de Brito "sin control alguno) "no tuvo incidencia causal en los hechos enjuiciados".