Vodafone, condenada a pagar a más de 8 millones de usuarios por un fallo en 2003
La operadora estudia apelar ante el Tribunal Supremo, y recuerda que durante el fin de semana posterior bonificó a todos sus clientes con un 50% de descuento
Madrid
Vodafone tendrá que indemnizar a más de 8 millones de clientes que se vieron afectados durante 9 horas por una interrupción del servicio en toda España el pasado 20 de febrero de 2003, según consta en una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.
La sentencia obliga a la empresa a poner a disposición de sus clientes, de forma gratuita y durante un plazo de dos meses, unos impresos en todas sus oficinas para que éstos puedan tramitar el cobro de las indemnizaciones.
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Un portavoz de la compañía señaló que "Vodafone está considerando interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo", y recordó que durante el fin de semana posterior al 20 de febrero bonificó a todos sus clientes con un 50% de descuento en todas las llamadas.
Según la operadora, la cuantía económica de esta iniciativa sería superior a la fijada en la sentencia. Asimismo, Vodafone recordó que el Ministerio de Ciencia y Tecnología no consideró en su día abrir un expediente sancionador a la compañía por esta incidencia.
Según la sentencia de la Audiencia Provincial, que ratifica la anterior del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alcobendas, la forma de calcular la indemnización de cada usuario será recogiendo el importe de las facturas de los tres meses anteriores a la fecha de interrupción, "prorrateado por el período que duró la interrupción del servicio, que se fija en nueve horas".
La culpa, sólo de la operadora
El coste global de las indemnizaciones ascendería a 3,18 millones de euros, siendo la bonificación más baja de unos 3 euros, según las estimaciones realizadas por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios.
Ausbanc ha calificado esta sentencia como ''histórica'' por el elevado número de personas que van a ser indemnizadas -más de 8 millones de usuarios-, por el amplio espectro que va a ser beneficiado -particulares y empresas-, y por la relevancia de la empresa ''condenada''.
El fallo de la Audiencia Provincial reconoce, además, que la interrupción del servicio no se debió a una ''causa de fuerza mayor'', sino a un problema del sistema interno de seguridad y control de la operadora.