Sociedad

El Parlamento andaluz aprueba la clonación terapéutica

La ley prohibe expresamente el empleo de técnicas de reprogramación celular con fines reproductivos

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La reprogramación celular con finalidad terapéutica consiste en transferir el núcleo de una célula de tejido adulto a un óvulo enucleado (al que se le ha quitado el núcleo). Con ello se persigue la reprogramación de la célula para que pueda generar células madre pluripotenciales, capaces de dar origen a cualquier tipo de tejido u órgano, y puedan ser posteriormente implantadas en el donante.

La principal ventaja de esta técnica respecto a otros procedimientos derivaría del hecho de que los tejidos u órganos obtenidos serían compatibles con el donante de la célula adulta, lo que podría resultar de gran importancia para personas que requieren un trasplante de órganos o que tienen leucemia, ya que se evitaría el problema del rechazo.

La Junta destaca que con el fin de fijar las "máximas garantías éticas" en estas investigaciones, y en consonancia con las normativas internacionales, esta ley prohibirá expresamente el empleo de técnicas de reprogramación celular con fines reproductivos. Por ello, el ovocito reprogramado no podrá evolucionar más allá de 14 días ni tampoco ser implantado en el útero de una mujer.

Protección a los ciudadanos

Bernat Soria, director del Centro Andaluz de Biología Molecular y Medicina Regenerativa, ha advertido que con la aprobación de esta ley se protege a los ciudadanos de "insensatos" que protagonizan investigaciones no controladas. Soriatambién ha dado las gracias a los diputados andaluces por apoyar esta ley, puesto que "así, somos los que tomamos la iniciativa, es decir, los que marcan la pauta", destacando que la ley no ha contado con votos en contra, lo que permite que Andalucía "marque la pauta y que, por lo tanto, se puedan sumar otras partes del mundo y de Europa".

La norma crea un Comité de Investigación de Reprogramación Celular, adscrito a la Consejería de Salud, que estará integrado por personalidades de reconocido prestigio en los campos de la biomedicina, el derecho y la bioética. Este comité se encargará de autorizar los proyectos de investigación; garantizar su buen desarrollo; velar por las condiciones en las que se realiza el consentimiento informado de los donantes de óvulos y células, salvaguardando la confidencialidad y seguridad de sus datos personales; y mantener un registro público de iniciativas autorizadas.

La autorización de cada proyecto requerirá, como paso previo, el informe favorable de la Comisión Autonómica de Ética e Investigación Sanitarias. Los proyectos de investigación autorizados se registrarán en una base de datos que recogerá información relativa a las células empleadas, el objetivo de la investigación y sus condiciones, la identidad del investigador principal y la fecha y validez de la autorización. Además, deberá figurar la certificación de la fecha, método y responsable de la destrucción del ovocito reprogramado antes de los catorce días.

La norma define asimismo los requisitos que deben reunir los trabajos de investigación y los centros en los que se lleven a cabo. De este modo, se establece que los proyectos deberán tener siempre interés científico relevante y carecer de carácter lucrativo, además de acreditar científicamente que su finalidad es mejorar la salud y la calidad de vida de los ciudadanos.

Respecto a la donación de los óvulos y de las células adultas a las que se extraerá el núcleo, ésta deberá ser siempre anónima y confidencial, y carecer de carácter lucrativo o comercial.

Durante su tramitación parlamentaria, el texto de la ley ha introducido mayores garantías en el consentimiento informado, precisando con mayor detalle todos los aspectos que deberán conocer los donantes. Este consentimiento deberá formularse por escrito y será revocable y modificable en el tiempo, según el Gobierno que preside Manuel Chaves.

Asimismo, se ha incorporado un nuevo artículo sobre la disponibilidad de los resultados de estas investigaciones, en el que se establece que, cuando estén concluidas, los investigadores deberán remitir un resumen de los mismos a los comités de Reprogramación Celular y de Ética, y que hagan públicos los resultados, siempre respetando la legislación en materia de protección de datos.