El Supremo condena a una clínica a pagar 60.000 euros por la muerte de una anciana en la UCI
El Alto Tribunal asegura que hubo desatención
El Tribunal Supremo ha condenado a la clínica de Lleida Quinta de Salud la Alianza y a la aseguradora Winterthur por el fallecimiento de una mujer en la UCI de este centro hospitalario. El Alto Tribunal da ahora la razón a la familia después de que un juzgado de primera instancia y la Audiencia Provincial de LLeida dijeran que no había motivo alguno para relacionar la actuación de la clínica y la muerte de esta anciana. El Supremo fija una indemnización de 60.000 euros para los dos hijos de la fallecida.
La mujer, de 75 años, ingresó en la clínica para una serie de pruebas que tenían como objetivo explorar el colon. Entre las complicaciones que podían surgir estaba la de una perforación intestinal. Y así ocurrió. De inmediato se la trasladó para operarla de urgencia y una vez estabilizada en la UCI, falleció.
El juzgado de primera instancia y la Audiencia Provincial de Lleida determinaron que la actuación del médico fue la correcta. Que no estaba probada la relación entre su actuación y el daño causado. Ese argumento lo comparte el Supremo, que exculpa al facultativo.
Sin embargo, sobre la responsabilidad del centro sanitario, la Sala de lo civil del Supremo dice que hubo una descuidada atención de los medios personales en la UCI. El Supremo cree que no se han facilitado explicaciones convincentes de la afección sufrida por esta mujer y su muerte.
Mantiene este tribunal que si se hubiera habido vigilancia y control exhaustivo de los enfermos -como requiere la UCI- la mujer no habría muerto. Y añade que si se hubieran cumplido las exigencias del servicio de la Unidad de Cuidados Intensivos se habrían evitado las fatales consecuencias finales.
Esther Bazán
Editora de informativos, boletines y programas especiales. Dirigió, editó y presentó los informativos...