El Supremo avala la creación de un registro de afectados por el virus del SIDA
España e Italia eran los dos únicos países europeos sin este registro
El ministerio de Sanidad podrá crear un registro de afectados por el virus del SIDA. La Cadena Ser ha tenido acceso a la sentencia del Supremo que permite la puesta en funcionamiento de este registro. Algunos colectivos antisida lo rechazan por entender que no respeta la confidencialidad de las personas. España e Italia son los únicos países europeos que no tienen este registro.
Con esta sentencia el Gobierno tiene ya vía libre para poder elaborar un fichero nacional con los datos de los nuevos infectados. La resolución del tribunal considera que la creación de un registro con datos personales se ajusta a derecho. Desde las asociaciones de seropositivos dicen sí a la creación este tipo de registro, pero no de la forma que está planteado en la orden ministerial. José Fernández Quero es el gerente de CESIDA: "No nos oponemos, pero queremos garantizar el anonimato de la persona".
Desde CESIDA, aseguran que ellos son los primeros interesados en que se haga este registro porque es la única forma de saber cómo se están produciendo los nuevos contagios y hacer políticas adecuadas. Sin embargo, exigen que el fichero sea anónimo y que cada infectado sea un número y no un nombre y un apellido acompañado de fecha de nacimiento, lugar de procedencia, historia clínica y otros datos personales.




