El TC suspende el artículo que impedía a los agentes forestales entrar a fincas privadas sin autorización
Los forestales de la Comunidad de Madrid habían realizado varias movilizaciones para que se suprimiera esta ley
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso promovido por el presidente del Gobierno contra el artículo de la Ley de Medidas Urgentes de la Comunidad de Madrid que impide a los agentes forestales entrar en fincas y montes privados sin autorización judicial, lo que produce la "suspensión" de dicho artículo.
La providencia del Tribunal Constitucional, con fecha 20 de noviembre, explica que la admisión a trámite del recurso "produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado, desde la fecha de interposición del recurso -29 de octubre de 2007- para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros".
La decisión del tribunal, que debe ser comunicada a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, y a la de Asamblea, Elvira Rodríguez, ha entrado hoy en el registro del Parlamento regional, según ha informado el grupo socialista.
Debían disponer de autorización judicial
El artículo 9 de la Ley de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid obliga a los agentes forestales a disponer de autorización judicial para acceder a montes o terrenos forestales, lo que para el Gobierno central reduce las posibilidades a la hora de vigilar, garantizar el cumplimiento de la legalidad y conservar los ecosistemas y diversidad biológica.
Los agentes forestales de la Comunidad de Madrid han protagonizado diversas movilizaciones, con el apoyo del PSOE e IU, desde que se aprobara esta ley el pasado mes de agosto.




