El Supremo condena a Atutxa a multa e inhabilitación por no disolver Sozialista Abertzaleak en 2003
El alto tribunal, que también condena a Bilbao y Knorr, estima el recurso de Manos Limpias y rechaza aplicar en este caso la denominada ''doctrina Botín''
El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó hoy por mayoría estimar el recurso de casación interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que absolvió al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa y a los ex miembros de la Mesa de la Cámara de Vitoria Kontxi Bilbao y Gorka Knorr de un delito de desobediencia a autoridad judicial por no disolver Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003. Han sido condenados al pago de una multa y a inhabilitación para ejercer cargo público.
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El fallo del tribunal se dio a conocer pasadas las nueve de la noche tras una maratoniana sesión que mantuvo a los magistrados reunidos durante dos horas por la mañana -tras la celebración de la vista pública por este asunto- y otras cuatro horas por la tarde. La nota oficial del Supremo no especifica a cuanto asciende la multa ni tampoco la duración de la inhabilitación, si bien el sindicato Manos Limpias reclamó esta mañana la imposición a los condenados de 108.000 euros y dos años de inhabilitación.
La decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo supone rechazar las pretensiones expuestas durante la mañana tanto por el fiscal Fernando Prieto como por el abogado de Atutxa, Bilbao y Knorr, quienes habían solicitado a la Sala que aplicara la denominada ''doctrina Botín'', que impide la apertura de un juicio a instancia exclusiva de la acción popular, como ocurría en este caso.
En la nota informativa que difundió esta noche el TS se explica que el contenido de la sentencia será dado a conocer en los próximos días, así como los votos particulares de aquellos magistrados que discrepan de la opinión de la mayoría.