La Fiscalía pedirá la nulidad de la sentencia que absolvió al GRAPO Marcos Martín Ponce
El motivo que alega la fiscalía es la indefensión de la familia del policía asesinado ya que no fue informada de todas las resoluciones a pesar de estar personada en el sumario
La Fiscalía de la Audiencia Nacional pedirá la nulidad de la sentencia del Tribunal Supremo que absolvió al miembro de los GRAPO Marcos Martín Ponce por indefensión de la familia del policía asesinado ya que no fue informada de todas las resoluciones a pesar de estar personada en el sumario. La fiscalía de la audiencia ha abierto la vía para declarar la nulidad de la sentencia del supremo porque se han vulnerado los derechos de los familiares del policía asesinado presuntamente por el miembro de los Grapo.
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La Fiscalía, en el documento al que ha tenido acceso esta redacción y que presentará a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sostiene que la familia no ha podido ejercer sus funciones como acusación particular porque no se le dio traslado ni siquiera de que el juicio se iba a celebrar. El padre del policía y su familia se encuentran por tanto, según la fiscalía, en una situación clara de indefensión que hay que corregir y que puede provocar la nulidad del juicio
El fiscal solicita que se repare este grave error de vulneración de derechos y que se repita la vista oral.
El Supremo tuvo que absolver al miembro de los GRAPO porque no se pudo localizar a un testigo protegido que había reconocido al terrorista. Ahora los fiscales buscan la nulidad la sentencia absolutoria por indefensión de los familiares del policía.
Antecedentes
3-4-2008 El Tribunal Supremo ha tenido que anular la condena a 30 años de prisión impuesta por la Audiencia Nacional a un terrorista de los Grapo por el asesinato de un policía nacional debido a un cúmulo de negligencias policiales y judiciales que el Alto Tribunal reprueba duramente en su sentencia.
Una testigo directa de los hechos, cuya comparecencia en el juicio era esencial porque en su día identificó fotográficamente "sin ningún género de dudas" al acusado como la persona que disparó por la espalda al agente, no fue localizada por la Policía Judicial pese a tener el estatus de testigo protegido. La Policía se limitó a buscarla en el colegio donde trabajaba, pero, al ser el mes de julio, el centro estaba cerrado.
Por su parte, tanto el fiscal como la Sección Penal Cuarta de la Audiencia Nacional "abdicaron de cualquier gestión encaminada a garantizar la presencia" de la mujer en la vista, censura el Supremo.
El resultado fue que la principal testigo de cargo nunca pudo ser interrogada por la defensa ni su reconocimiento fotográfico fue sometido a contradicción, "contraviniendo así elementales exigencias del derecho de defensa y del derecho a un proceso con todas las garantías" y vulnerando la presunción de inocencia que tiene todo acusado.




