Un cura podría ir a la cárcel por nombrar a dos apóstatas en misa
Al párroco, de un pequeño pueblo asturiano, podrían caerle cuatro años por desvelar secretos que vulneran la intimidad
A los habituales impedimentos que encuentra un ciudadano cuando quiere renunciar a la fe católica, ahora se le añade uno más. En un pequeño pueblo de Asturias, Piloña, de apenas 100 habitantes, el cura de la localidad, Antonio MR, aireó en su homilía los nombres de dos mujeres, hermanas, que habían decidido apostatar.
Según recoge en su edición de hoy 'La Voz de Asturias', al sacerdote le podrían caer hasta cuatro años de cárcel por su imprudencia. Así lo entienden al menos dos mujeres que han denunciado al religioso por haber mencionado sus nombres y apellidos en la misa, después de que ambas presentaran una solicitud de apostasía a la parroquia.
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Las dos demandantes, mujeres de mediana edad y hermanas, tramitaron individualmente sus escritos de renuncia a la fe católica a través de la parroquia de Valle, aldea en la que se bautizaron. Se trata del procedimiento habitual, pese a que ninguna de las dos reside ya en esta localidad. Días después de recibir la contestación afirmativa por carta, las dos se enteraron por su madre, beata y que aún es vecina de Valle, de que sus nombres habían sido citados por el párroco desde el púlpito.
Hasta cuatro años de cárcel
La denuncia se presentó en el juzgado de Instrucción de Piloña el pasado 29 de septiembre. El abogado de las dos apóstatas, José Baquer, explica que el sacerdote habría delinquido al difundir datos correspondientes a un fichero privado. De este modo, su conducta quebrantaría el artículo 199 del Código Penal sobre revelación de secretos, que en su primer epígrafe dictamina que "el que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses".
Si el juez que instruya el caso entiende, en cambio, que se trata de un profesional que, "con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona", la pena se situaría entre uno y cuatro años, con una multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.
El cura "seguía órdenes del Arzobispado"
El sacerdote se enfrentaría, por lo tanto, a un procedimiento penal, aunque podría eximir la responsabilidad. En cualquier caso, el letrado afirma que, según reconoció el cura a las demandantes en una conversación telefónica en la que les aclaró que tenía libertad "para hablar de quien quisiera", criticó ante los feligreses su decisión de abandonar la Iglesia Católica y dio sus nombres y apellidos "siguiendo órdenes del Arzobispado de Oviedo".
Una vez que la denuncia sea ratificada por las demandantes, se iniciará un procedimiento en el que intervendrá la Fiscalía y tendrá que comparecer el religioso demandado. Si Antonio M.R., continúa Baquer, aportase antes del juicio algún documento en el que se probara que esta afirmación es cierta, muy posiblemente se interpondría una nueva demanda contra el Arzobispado de Oviedo.
Un caso insólito
El abogado que defiende los intereses de las dos apóstatas desconoce por el momento si hay otros casos relacionados con la publicidad de las apostasías. De todos modos, aclara que no es fácil que los interesados se enteren de hechos como éste porque, como es lógico, si apostatan lo lógico es que no asistan a las celebraciones religiosas.