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Readmiten a la empleada despedida por faltar al trabajo mientras estaba en coma

Sandra Tejero sufrió el pasado 15 de septiembre un accidente de moto que la ha dejado en coma hasta hoy, aunque no se teme por su vida. En 2007 empezó a trabajar en una cadena de pescaderías, El Punt del Peix, primero con un contrato temporal y luego fijo. Durante todo este tiempo la empresa estuvo al corriente de estos hechos y recibía las bajas de Sandra cada semana. La compañía se puso hace poco en contacto con la familia para comunicarles que le rescindían el contrato, alegando el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, que cita como motivo para echar a un empleado las faltas repetidas e injustificadas de asistencia y puntualidad. Recibieron una carta, con fecha del 1 de octubre, en la que la empresa reconoce que se trata de un despido improcedente. Le ofrecen a Sandra 938,89 euros en concepto de finiquito y 2.416,20 euros de indemnización. / VNEWS

La cadena de pescaderías El Punt del Peix ha readmitido a la trabajadora, Sandra T. de 36 años, que lleva en coma desde mediados del pasado septiembre por un accidente de tráfico y a quien despidieron el 1 de octubre alegando faltas repetidas e injustificadas de asistencia e impuntualidad

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Según ha informado el Colectivo Ronda, que se encarga de la defensa jurídica de la joven, la compañía ha remitido una nueva carta a los familiares de la afectada, ingresada en el hospital Vall d'Hebron de Barcelona, que "deja sin efecto" el despido improcedente, los 938,89 euros de finiquito y los 2.416,20 euros que le otorgaba en concepto de indemnización, por lo que continúa siendo trabajadora de la empresa.

El abogado de la familia, José Antonio González, ha destacado que el comunicado de la empresa, con sede social en Palau-solità i Plegamans (Barcelona), no reconoce "explícitamente la nulidad del despido" pero del escrito se entiende que El Punt del Peix da marcha atrás en su decisión y conserva el puesto de la afectada, que tenía un contrato indefinido.

Esta rectificación, según González, exige a la empresa "mantener a la trabajadora de alta en la Seguridad Social, cotizar por ella y abonarle el cien por cien del sueldo mientras dure la baja médica, tal y como dice el convenio colectivo".

El Colectivo de Ronda ha aconsejado a la familia que no reclame a la empresa ninguna indemnización por daños y prejuicios mientras que ésta cumpla con su parte, ya que el objeto de la denuncia pública del caso era conseguir que la afectada no perdiera el 100% del sueldo y la empresa la mantuviera de alta en la Seguridad Social mientras dure la baja médica.

Asimismo, el bufete de abogados ha denunciado que la gran facilidad con que las empresas pueden despedir a los trabajadores en cualquier circunstancia, incluso estando en coma, es consecuencia de la "extrema precariedad" a la que están sometidos los trabajadores españoles, fruto de sucesivas flexibilizaciones y retrocesos en derechos sociales y laborales.

 

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