Una sentencia defiende que una mujer cambie su horario para atender a su bebé
El fallo establece que prevalece el derecho de la mujer a cuidar a sus hijos pequeños
Se trata de una sentencia ejemplar que beneficia a María Jesus y al resto de mujeres que se vean en una situación similar por el precedente que supone.
Maria Jesús trabaja en un supermercado a turno rotativo, una semana de mañana y otra de tarde, algo incompatible, así se lo hizo saber a sus jefes, con las rutinas necesarias para el cuidado de su hija de diez meses. Recibió un no por respuesta y no se calló, los servicios jurídicos de UGT actuaron en su defensa en el Juzgado de lo Social número 11 de Madrid y la sentencia le dio la razón.
El sindicato UGT ha hecho públicos hoy a través de un comunicado datos de esa sentencia, cuya importancia radica en que "reconoce el derecho de la trabajadora y con esta finalidad va más allá de la mera reducción de la jornada de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores
María Jesús todavía no se ha incorporado a su nuevo horario. Dice que es inevitable sentir incertidumbre por la posible reacción de jefes y compañeros pero al menos sabe que le ampara la ley ya que contra la sentencia no cabe recurso.
El sindicato no ha facilitado información sobre la empresa en la que presta servicio la mujer, ni la identidad de ella, más allá de comunicar que en diciembre de 2007 tuvo una niña.
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