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FÚTBOL | REAL MADRID

Calderón, Bárcena y ''Nanín'', citados por los tribunales

Deberán testificar por la demanda de impugnación de la Asamblea de diciembre

El Juzgado de Primera Instancia Número 20 de Madrid ha citado para comparecer como testigos al ex presidente del Real Madrid Ramón Calderón, al ex director General de Socios, Peñas, Aforo y Área VIP Luis Bárcena y a Mariano Rodríguez de Barutell, ''Nanín'', en relación a la demanda de impugnación que varios socios del club presentaron el pasado enero por las irregularidades que se produjeron en la Asamblea de Compromisarios celebrada el 7 de diciembre de 2008.

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En la demanda presentada por el grupo ''Regeneración del Real Madrid'', denunciaban, entre otros aspectos, la irregular constitución de la Asamblea, por la presencia de, "al menos, diez personas" no compromisarios que asistieron y votaron en ella, o "la no identificación del quórum de asistentes".

A la vista de los cambios en la cúpula del club que se produjeron horas después de la presentación de la denuncia, el grupo, representado legalmente por al abogado Moisés Israel, envió nuevas alegaciones, en las que pide que el nuevo presidente, Vicente Boluda, sea citado en calidad de parte, como máximo mandatario del club.

Además, desisten de su petición de que testifique Julio Cendal, Jefe de Seguridad del club, mientras que sí piden que sean citados como testigos Calderón, Bárcena y el socio ''Nanín'', uno de los presuntos responsables de las irregularidades.

Tras estas alegaciones, el Juzgado ha enviado su resolución, en la que pide se proceda a la citación de los testigos solicitados, que deberán comparecer el próximo 16 de marzo.

El club deniega la petición de conocer el contrato de Bárcena

Por otra parte, Moisés Israel, socio del Real Madrid y coordinador del grupo, requirió a la entidad el contrato de trabajo de Luis Bárcena, así como el documento justificativo de su saldo y finiquito tras su despido, pero el club le ha denegado esta petición.

Citando al artículo 15, que permite a los socios "conocer las actividades del club", Israel solicitó "examinar dichos documentos en sus oficinas el día y hora que lo consideren oportuno" para "saber los motivos por los cuales se ha procedido a practicar un saldo y finiquito tan exagerado a un trabajador que ha reconocido ser el responsable de las irregularidades acaecidas en la Asamblea".

Pero el club considera que "no cabe que, amparándose en un derecho al solicitar información que, indebidamente, se considera absoluto, se pretenda acceder a unos datos de carácter personalísimo como son el contrato de trabajo de un empleado del club y las condiciones de su resolución contractual".

La entidad entiende que, además, se vulneraría el artículo 6 de la Ley Orgánica 15/1999 sobre la protección de datos de carácter personal. Sin embargo, el solicitante explicó que la "exhibición documental" sería en este caso obligada, ya que los "dueños del club tienen derecho a recibir la información para poder verificar si existe responsabilidad por parte de la Junta Directiva en este caso".

"Si operara de manera absoluta la facultad otorgada por el artículo 15, cualquier socio podría solicitar el acceso a los contratos de los futbolistas", defiende el club, mientras Israel considera que esto también debería ser así para que poder confirmar que, por ejemplo, no se producen irregularidades "en las comisiones".

 
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