Martes, 30 de Mayo de 2023

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CASO GÜRTEL

El Supremo tardará un año en decidir sobre el recurso del 'caso Camps'

Ese es el plazo en el que el alto tribunal adoptará una decisión sobre el recurso de casación presentado por la Fiscalía contra el sobreseimiento de la rama valenciana del 'caso Gürtel'

De la Vega anuncia el recurso de la Fiscalía / La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha anunciado hoy que la Fiscalía Anticorrupción recurrirá ante el Supremo la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de archivar la causa contra Francisco Camps en el "caso Gürtel". De la Vega ha realizado este anuncio en una rueda de prensa celebrada durante su visita oficial por Costa Rica. Hoy se ha entrevistado con el presidente del país, Óscar Arias. / VNEWS

El presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra Ruiz, ha afirmado que el alto tribunal adoptará una decisión sobre el recurso de casación presentado por la Fiscalía contra el sobreseimiento de la rama valenciana del caso Gürtel, en la que estaba imputado el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, "en un plazo de entre ocho meses y un año".

"Primero formalizar las causas, luego trasladarlas al fiscal o a las demás partes, a continuación la instruye el ponente y finalmente ya queda pendiente de señalamiento para vista o para deliberación", recalcó.

Asimismo, Saavedra expresó sus dudas sobre la posibilidad de que haya "un riesgo para la continencia de la causa", en referencia a la acumulación de los procedimientos que se siguen ante el Supremo y ante los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Valencia. No obstante, consideró que en la actualidad el proceso penal puede seguir de manera "independiente" en los distintos juzgados.

Infracción de la ley

En este sentido, el presidente de la Sala de lo Penal del TS recordó que el recurso de casación "sólo" puede ser interpuesto en el caso en el que se produzca una "infracción de ley".

"Que los hechos puedan o no ser subsumibles en el delito de cohecho, concretamente tipificado en el artículo 426 (del Código Penal), son la única razón o fundamento por la que se puede interponer un recurso", remarcó al tiempo que aseguró que el voto particular discrepante del auto sobre Camps "no influye en la decisión final de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Valencia".

Dicho esto, y preguntado por la petición del PSOE de revisar la definición del "delito de cohecho impropio", Saavedra comentó que el Tribunal Supremo puede analizar si unos hechos pueden ser o no subsumibles en el tipo penal relativo al cohecho pero "no revisar la figura delictiva como tal", ya que esto "correspondería al legislador".

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