Discriminada por transexual
Los tribunales le restringen el régimen de visitas a su hijo después de someterse a un cambio de género
Cuando Alexia Pardo le comunicó a su ex mujer que se iba a someter a un cambio de género, ésta pidió a la justicia que restringiera las visitas de Alexia al hijo que tienen en común.
Alexia entendió que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales por el hecho de su transexualidad así que recurrió, por su parte, a la justicia.
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Fue a la Audiencia Provincial de Lugo, que dio la razón a su ex mujer, alegando que Alexia sufría inestabilidad emocional. "Como si la transexualidad fuera una enfermedad", dice su abogado, Manuel Ródenas. Alexia acudió después al Tribunal Constitucional, porque entendía que sufría una vulneración de derechos fundamentales porque "debido a su transexualidad se le estaba obligando a ver a su hijo con un régimen restrictivo de visitas". Pero el Constitucional denegó el amparo a Alexia, insistiendo en su desequilibrio, "cosa que no es cierta" dice Ródenas. "La transexualidad no es ninguna enfermedad; es un estadio en el que algunas personas se encuentran por motivos biológicos y esto no implica que haya una alteración del equilibrio emocional". Sin embargo, denuncia Ródenas, "los tribunales españoles no han querido tener en cuenta informes psicológicos que aseveran que Alexia es una persona equilibrada y estable". "Estamos ante un caso de discriminación sexual y Alexia está sufriendo un régimen de visitas a su hijo mucho más restrictivo que el que tienen personas condenadas legalmente por maltrato".
Así han pasado hasta ocho años de una lucha por la igualdad de derechos en la que Alexia no se ha dado por vencida. Su caso está ahora en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos; y puede sentar precedente porque es la primera demanda de este tipo que llega a Estrasburgo.
Alexia y su abogado son optimistas porque aunque no hay jurisprudencia en un caso de transexualidad, sí la hay en uno de homosexualidad. "Era un caso de un hombre al que su ex pareja le impedía ver a su hijo porque mantenía una relación con otro hombre. El TEDH falló en el sentido de que era un caso de discriminación por motivo sexual y no era razón para que se prohibiera al padre ver a su hijo en una situación que no fuera normal". Alexia espera que se restablezcan sus derechos en un plazo de unos seis meses.
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