Un ayuntamiento madrileño prohíbe a un funcionario asistir a las clases de preparación del parto junto a su mujer
El consitorio de Pozuelo de Alarcón defiende que el reglamento contempla que este tipo de permisos son sólo para mujeres
El PSOE de Pozuelo ha denunciado este jueves que el Ayuntamiento de la localidad ha denegado a un trabajador municipal el permiso para acompañar a su mujer a las clases de preparación al parto porque "los exámenes prenatales y las técnicas de preparación al parto son exclusivas de la mujer, al estar relacionadas con el hecho mismo del nacimiento
La portavoz socialista, Eva Izquierdo, dijo que esta respuesta es "sorprendente" y que "pone en entredicho" las políticas de igualdad del Ayuntamiento por "vincular a la mujer" con "la natalidad y el cuidado de los hijos".
El trabajador pidió permiso al Ayuntamiento para acompañar a clases de preparación al parto siete sábados por la mañana en horario de 10 a 11.30. "Ni siquiera sería todos los sábados ya que este trabajador, debido a su puesto, tiene turnos rotativos", ha puntualizado la portavoz del PSOE.
A juicio de Izquierdo, la resolución es "anacrónica" y "liga" a la mujer con la natalidad y el cuidado de los hijos. "Parece que es una cuestión exclusiva de las mujeres. Hoy en día esto tiene que estar más que superado. Que una administración pública sitúe a la mujer en el cuidado de los hijos y la maternidad y excluya al hombre de esa corresponsabilidad nos parece un paso atrás", ha concluido.
Respuesta del ayuntamiento
El consistorio ha señalado este tipo de permiso, según el Estatuto Básico del Empleado Público Ley 7/2007 de 12 de abril, aprobado por el Gobierno Socialista, en su artículo 48.1.e) dice que "tienen derecho a este tipo de permiso las funcionarias embarazadas".
Por otra parte, estas fuentes hicieron alusión al Acuerdo de funcionarios del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Resaltaron que en su artículo 81.3 se establece el permiso, con derecho a remuneración, para la realización de este tipo de exámenes y prácticas a las empleadas públicas embarazadas, dando cumplimiento asimismo, a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (artículo 26.4). "No está contemplado el disfrute de este tipo de permisos a todos los empleados públicos, sin distinción. Si no exclusivamente a empleadas públicas embarazadas", han concluido.




