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Entra en vigor la limitación de velocidad a 110 kilómetros por hora

Conducir entre 111 y 141 km/h en autopista o autovía se multará con 100 euros, aunque Tráfico no retirará puntos del carné de conducir hasta sobrepasar los 151

El director de Carrusel Deportivo y el actor recorren a la vez el recorrido Madrid-Segovia con el objetivo de demostrar si la nueva medida del Gobierno de rebajar la velocidad máxima, es eficaz / ELISA MUÑOZ / BÁRBARA PUYOL

La limitación de la velocidad máxima en autopistas y autovías a 110 kilómetros/hora entra en vigor a las 6:00 de este lunes, una vez concluidas las modificaciones en la señalización que lleva a cabo el Gobierno durante este fin de semana.

Operarios del Ministerio de Fomento están colocando, en las más de 6.100 señales de tráfico de 120 kilómetros/hora de la red de carreteras, pegatinas en las que se lee 110 kilómetros/hora. Pese a que en la mayoría de las señales, una pegatina cubrirá la totalidad del panel, en algunas comunidades autónomas como Navarra se ha optado por sustituir el 2 por el 1, colocando unos adhesivos especiales.

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Esta limitación, que forma parte de las medidas aprobadas por el Gobierno el pasado viernes para reducir el consumo energético, estará vigente como mínimo hasta el próximo 30 de junio. Hasta entonces y desde este lunes, podrán aplicarse sanciones por circular a una velocidad superior a los 110 kilómetros citados, entre las que se incluye la pérdida de puntos.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un paquete de medidas para disminuir el consumo energético, que tendrá un coste de 1.151 millones de euros y permitirá bajar en un 5 % las importaciones de petróleo anuales, lo que supondrá ahorrar cerca de 2.300 millones, según los cálculos del Gobierno.

100 euros si se sobrepasan los 110 km/h

Conducir entre 111 y 141 km/h en autopista o autovía se multará con 100 euros, aunque Tráfico no retirará puntos del carné de conducir hasta sobrepasar los 151 km/h, como hasta ahora, según la modificaciones a la Ley de Tráfico aprobadas por Real Decreto. Fuentes de la DGT explican que conducir entre 141 y 160 km/h se sancionará con una multa de 300 euros y, únicamente en el caso de que se superen los 151 km/h, también con la retirada de dos puntos.

Hasta ahora, con el límite de velocidad en autopista y autovía a 120 km/h, los excesos de velocidad entre 121 y 150 euros estaba castigado con una multa económica de 100 euros y sin retirada de puntos, mientras que un exceso entre 151 y 170 km/h se multaba con 300 euros y la retirada de puntos.

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