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La Audiencia condena a diez años a Otegi y Usabiaga como dirigentes de ETA

El tribunal considera que actuaron como dirigentes de ETA al tratar de reconstruir la formación ilegal a través del proyecto 'Bateragune'

El exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi, en la Audiencia Nacional(EFE/Juanjo Guillen)

El exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi, en la Audiencia Nacional

La sentencia estima la petición de condena de diez años de cárcel, solicitada por el fiscal antiterrorista, tal y como adelantó la Cadena SER. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha notificado este viernes a las partes la sentencia contra el exportavoz Arnaldo Otegi y otros siete acusados de intentar reconstruir la formación ilegal a través del proyecto Bateragune, informaron fuentes jurídicas.

Rafael Díez Usabiaga

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Rafael Díez de Usabiaga y Arnaldo Otegi, según la sentencia, eran los receptores directos de las órdenes de ETA que les encargó, en 2008, la formación de Bateragune. Se les condena por ser dirigentes. Los jueces les condenan por integración en banda armada, un delito por el que sólo suelen ser condenados los jefes del aparato militar, los jefes de los comandos de la organización terrorista.

La sentencia sostiene que Otegi ha pasado a la acción para favorecer las ideas que defienden, que se han convertido en perniciosas por la carga de violencia política y atemorizaron de la sociedad.

El fallo de la Audiencia Nacional considera probado que los dos dirigentes han traspasado los límites de la libertad de expresión y el derecho a la participación política al contribuir a sembrar el miedo y utilizar, para ello, medios violentos.

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El tribunal condena a 10 años de prisión a Otegi y a Usabiaga pero también condenan a 8 años a los otros tres acusados directamente vinculados con la creación de ese nuevo organismo.

Los dos primeros desempeñaban tareas de impulsión, responsabilidad y coordinación y ejercían, según los jueces, una evidente influencia y predominancia con los otros tres acusados.

La Audiencia considera acreditado que los condenados formaban parte de un grupo escogido de las filas de la izquierda abertzale que, "en plena connivencia y siguiendo las superiores directrices de ETA, en la que se hallan integrados, diseñaban una estrategia de acumulación de fuerzas soberanistas".

La sentencia establece que Otegi y Usabiaga desempeñaban tareas de impulsión, responsabilidad y coordinación y ejercían evidente influencia y predominancia respecto de los otros tres acusados. El tribunal considera igualmente que desde 2007 en el seno de ETA hubo un proceso de reflexión sobre cómo volver a utilizar a la izquierda abertzale como su brazo político y sobre cómo impartirle órdenes para que actuaran. La banda terrorista, sostienen los magistrados, encomendó a los condenados la creación de una comisión de coordinación (Bateragune) que planificara y gestionara esta nueva línea estratégica de acumulación de fuerzas soberanistas.

Respecto de los condenados, el tribunal estima que se convirtieron en "receptores de las órdenes de ETA en cuya organización están integrados". Entre los indicios sobre su pertenencia a la banda terrorista, el tribunal detalla, en primer lugar, las reuniones reservadas que mantuvieron en la sede del sindicato LAB, sus desplazamientos a Francia para entrevistarse reservadamente con distintas personas del entorno de ETA, los documentos de la organización terrorista en los que se ordenaba a la izquierda abertzale dirigir la nueva estrategia bajo el "amparo de su prepotencia armada", la idéntica terminología usada por ETA y la izquierda abertzale, la documentación incautada y los comunicados y, finalmente, la ausencia de un distanciamiento verdadero y real de las tesis violentas de ETA por parte de los condenados.

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Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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