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Sociedad

La lotería de la mayoría de edad

Muchos de los menores extranjeros que han llegado a España de manera irregular acaban siendo víctimas de la arbitrariedad de las instituciones para la determinación de la edad

El Defensor del Pueblo ha constatado cómo a un menor le asignaron tres edades diferentes en sólo 18 días o que a una chica subsahariana fue declarada mayor de edad en menos de 24 horas siguiendo criterios para "varones blancos".

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Es una lotería muy peligrosa. Dependiendo de dónde llegue el menor extranjero no acompañado, de a qué comunidad pueda ser derivado o de cualquier ciudad donde la policía crea oportuno realizar una prueba para la determinación de la edad, ese mismo chico puede ser identificado como menor o mayor de edad de manera sorprendentemente imprecisa o arbitraria. El gran problema de esos errores según el Defensor del Pueblo es que hay niños que han sido expulsados como falsos mayores de edad o que otros tantos se quedan circulando de una comunidad autónoma a otro y en ocasiones sin asistencia social alguna.

La descoordinación entre comunidades autónomas, la disparidad de criterios en la Fiscalía, la Policía Nacional o autonómicas o la falta de rigor de algunas pruebas forenses provocan la indefensión jurídica de los menores extranjeros no acompañados que llegan a España y que como consecuencia acaban siendo sometidos a un número excesivo de pruebas radiológicas. La Defensora del Pueblo María Luisa Cava de Llano asegura que, como norma general en España, no se siguen los criterios adecuados en los procedimientos de determinación de la edad: "El problema es que (los errores) se dan en todas las comunidades autónomas y que incluso dentro de cada comunidad también hay criterios distintos y diversos por eso nuestra obsesión de homologar criterios para la determinación de la edad porque no tiene sentido que cada maestro tenga su librillo porque muchas veces va en perjuicio del menor. Otro problema fundamental que hemos venido denunciado es que el registro de menores no funciona bien y los menores van pasando de una comunidad a otra sin que quede constancia de su situación" subraya Cava de Llano.

Hay casos en los que, a no ser por la pormenorizada documentación que se adjunta en el informe, parecerían increíbles. Por ejemplo, el de un menor que en 18 días fue sometido a tres pruebas radiológicas en tres comunidades autónomas distintas dando como resultado tres edades óseas diferentes; en la primera en la Comunidad Valenciana le otorgaron 16 años, en la segunda en Andalucía consideraron que tenía 18 y en la última en Euskadi la prueba determinó que tenía 17 años. Al menos este africano tuvo la suerte de no ser expulsado, pero los errores en la determinación de la edad han provocado expulsiones de menores o que presuntas víctimas de trata y también menores de edad se hayan quedado sin protección. Son algunos de demoledores resultados del informe del Defensor del Pueblo que bajo el título ''¿Menores o adultos? Procedimientos para la determinación de la edad'' recoge toda la labor de investigación que esta institución lleva realizando en los últimos años después de examinar más de 400 expedientes de menores que habían presentado queja ante el Defensor por errores en la prueba de determinación de la edad. Una de cada tres quejas que recibe esta institución en materia de extranjería e inmigración tienen que ver con estos niños que al ser tomados por adultos quedan en situación de desamparo y por tanto sin servicios sociales o cuando existe acuerdo de repatriación con sus países de origen son expulsados en un período muy corto de tiempo sin que a veces de tiempo a los abogados o a las organizaciones que trabajan con estos menores a paralizar esas repatriaciones.

El Defensor del Pueblo pide especialmente a la fiscalía y a la policía que activen realmente el registro de menores que se puso en marcha en 2005. María Luisa Cava de Llano señala que la "inoperancia" del Registro de Menores no Acompañados "compromete gravemente el control de los procedimientos de determinación de edad" de los casos de extranjeros en los que existe dudas sobre su edad y el seguimiento de estos casos. En la práctica, registrar las pruebas realizadas a un menor y compartir esos datos en todas las comunidades autónomas evitaría que a ese chico se le sometiera reiteradamente a pruebas radiológicas que como ha subrayado la Defensora " no son pruebas inocuas, una continuada exposición a la radiación no es recomendable así que no tiene sentido repetir esas radiografías una y otra vez" para determinar la edad.

Esta situación impide la existencia de estadísticas fiables sobre los menores extranjeros no acompañados en España, lo que condiciona la toma de decisiones, destaca la institución.

"La diferencia entre ser mayor o menor de edad es muy importante", ha advertido la Defensora del Pueblo, porque "si es menor, queda bajo la tutela española pero si es mayor se le expulsa".

Las niñas invisibles

No es casual que entre los ejemplos flagrantes de indefensión jurídica que padecen los menores inmigrantes sólo aparezcan dos casos en los que son las niñas las protagonistas. Según la Defensora del Pueblo "es una realidad oculta y escalofriante, no recibimos quejas de niñas que llegan a nuestras costas porque en la gran mayoría de los casos son víctimas de redes de trata para la explotación sexual, muchas de ellas de Nigeria y que confirman que España y particularmente las costas de Motril es una de las principales vías de entrada en Europa de jóvenes africanas explotadas por grandes redes de tráfico sexual". Un asunto "invisible" sobre el que esta institución está preparando un informe monográfico que será presentado en la próxima legislatura.

47 recomendaciones para acabar con estos errores generalizados

El Defensor del Pueblo recomienda al Gobierno que reforme la Ley de Extranjería para asegurar el derecho a la asistencia jurídica gratuita de los extranjeros indocumentados, cuya minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad.

Propone a la Fiscalía General del Estado que dicte una instrucción para que sus fiscales unifiquen los criterios y que ante uno de estos casos se acuerde dar traslado al servicio médico o al especialista en medicina legal competente para que evalúe las pruebas necesarias para estimar su edad.

Recuerda que los médicos deben informar a los menores sobre el alcance de las pruebas y que antes de acordar el decreto por el que se fija su edad hay que celebrar una comparecencia con el interesado, acompañado de un letrado.

Las pruebas médicas deben ser autorizadas por el fiscal y no deben realizarse a solicitud de la autoridad policial o de los servicios de protección de menores, como se hizo en varios de los casos investigados, lamenta.

A distintas administraciones autonómicas recomienda que cuando la policía autonómica tenga a su disposición a un extranjero indocumentado cuya minoría resulte dudosa se dé inmediata cuenta de este hecho al registro de menores no acompañados.

También, que establezcan un servicio especializado para la estimación de la edad, basado en protocolos comunes, y que se facilite un sistema de intercambio de pruebas e informes para evitar la realización de otras nuevas cada vez que los menores se mueven por distintas comunidades autónomas.

El informe recoge el consenso de la comunidad científica para advertir de los grandes márgenes de error que presentan las técnicas utilizadas para estimar la edad -la madurez ósea y el análisis dental- por lo que propone tener en cuenta la influencia de factores nutricionales y de educación física, entre otros.