Los autónomos podrán cobrar una prestación por desempleo por inactividad a partir del mes que viene
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real decreto que establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos
En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, el ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha señalado que, de esta forma, España se convierte en el único país europeo que cuenta con un sistema de protección para emprendedores que tienen que cerrar su negocio.
A partir de noviembre pueden solicitarse las primeras peticiones de reconocimiento de esta protección, al cumplirse el periodo mínimo de cotización, doce meses, para tener reconocimiento a ella.
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Según Gómez, con este sistema contributivo el trabajador autónomo cotiza el 2,2 % de su base de cotización y tendrá la ventaja de ver reducida su cotización por la cobertura de incapacidad temporal en 0,5 puntos porcentuales.
La cuantía de la prestación será del 70 % del promedio de bases de cotización del trabajador autónomo de los doce últimos meses. Gómez ha explicado que el período de duración de la protección dependerá del periodo de cotización y ha añadido que, por ejemplo, con doce meses cotizados la protección será de dos meses, hasta un máximo de doce.
El número de cotizantes al sistema de protección por cese de actividad es de 502.263. En enero, una vez aprobada la norma, se incorporarán al sistema los trabajadores por cuenta propia agrarios, cerca de 150.000 que tienen cubiertas actualmente las contingencias profesionales.