El Supremo absuelve al gerente de un club de alterne que no conoció la identidad de los testigos que le acusaban
La sala de lo penal considera que se ha cercenado el derecho de defensa
El Tribunal Supremo ha anulado la condena de 8 años de cárcel al gerente del club de alterne Evelyns por vulneración del derecho de defensa. La Audiencia de Oviedo no le permitió conocer la identidad de las meretrices que declararon contra él y que lo hacían en calidad de testigos protegidos.
A pesar de ello le consideró autor de los delitos de coacción a la prostitución, contra los derechos de los trabajadores y contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Los magistrados subrayan que la ley no ofrece dudas y que "el conocimiento de la identidad de los testigos de cargo resulta un elemento esencial para que el acusado pueda cuestionar la credibilidad de esos testimonios".
Lo contrario supone "cercenar claramente la posibilidad de defensa". La anulación de esas declaraciones, según la sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel Maza, conduce irremediablemente a la necesidad de absolver al condenado.

Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...




