Condenado un exconvicto por amenazar a sus vecinos hasta echarles del edificio
El Supremo le condena a tres años y dos meses por amenazar de muerte a sus vecinos e intentar quemar todo el inmueble en varias ocasiones
El Tribunal Supremo ha condenado a tres años y dos meses de cárcel a un exconvicto por amenazar a sus vecinos hasta conseguir echarles a todos del edificio donde vivía. El condenado era drogodependiente de larga duración, había cumplido más de diez años en prisión e intentó quemar el edificio en varias ocasiones.
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Aporreó puertas, rompió cristales, quemó guías telefónicas y amenazó de muerte a sus vecinos hasta que consiguió que todos se marcharan del edificio. El Tribunal Supremo ha condenado a tres años y dos meses de cárcel a un exconvicto drogodependiente que hizo la vida imposible a sus vecinos de un inmueble de Barcelona hasta que todos decidieron abandonar su casa e irse a vivir a otro lado.
El hostigamiento a los vecinos del edificio comenzó en 2008. Se mudó recién salido de la cárcel después de haber cumplido diez años de prisión, y empezó la guerrilla contra los demás habitantes del inmueble: aporrear puertas, inutilizar cerraduras, romper timbres, contadores de la luz e incluso la antena del plus. Todo esto con amenazas: "Al primero que pase por delante de mi puerta lo mataré". Invitaciones violentas a que los vecinos se fueran y, si no lo hacían, prender fuego a la vivienda.
Todos los vecinos terminaron por abandonar sus casas, excepto un matrimonio con una hija disminuida psíquica. A ellos les quemó dos guías telefónicas en la puerta de su casa de madrugada, y también terminaron por marcharse. El condenado era drogodependiente de larga duración en el momento de los hechos, enfermo de VIH y padecía un trastorno antisocial que la justicia atribuye a su larga estancia previa en prisión. Cuando ya había echado a todos sus vecinos del edificio, intentó quemarlo dos veces más.
El Tribunal Supremo le condena a tres años y dos meses de prisión por un delito continuado de incendio y otro de amenazas, teniendo en cuenta el atenuante de alteración psíquica. A petición del Ministerio Fiscal aumenta en un año la condena que le impuso la Audiencia Provincial de Barcelona, estimando que las amenazas que profirió durante todo ese tiempo contra sus vecinos deben ser consideradas como delito. Señala la Sala de lo Penal que su actitud amenazante constituye "un racimo de circunstancias que impiden calificar estas intimidaciones como leves".
Considera igualmente la justicia que el condenado es una persona que se muestra "capaz de cumplir sus amenazas" y que con su actitud intimidatoria consiguió "doblegar la paciencia y resistencia de sus vecinos, que prefirieron abandonar la vivienda antes que soportar la angustia, desazón y desasosiego" que les generó.
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