Sociedad

El Supremo absuelve al condenado que colgó pancartas de apoyo a 'Txapote' y 'Thierry'

Considera que las huellas del acusado encontradas en la cinta adhesiva de las pancartas no son suficiente para inculparle

El ex número uno de la banda 'Thierry' falleció el 30 de marzo en el hospital de Pitié Salpêtriere(Reuters)

El Tribunal Supremo ha absuelto a Xavier Vidaurre Sanz de un delito de enaltecimiento del terrorismo que se le imputaba por presuntamente colgar pancartas con fotos de etarras, entre ellos 'Txapote' y 'Thierry', en las fiestas de Galdakao en 2010. El Supremo reconoce que se encontraron sus huellas en la cinta adhesiva utilizada en las pancartas pero razona que no es prueba suficiente para atribuirle la elaboración activa de las mismas.

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El Tribunal Supremo ha absuelto a Xavier Vidaurre Sanz del año de cárcel al que le había condenado la Audiencia Nacional por presuntamente colgar pancartas con fotos de etarras en las fiestas de Galdakao (Vizcaya) en septiembre de 2010. El Supremo le absuelve de un delito de enaltecimiento del terrorismo al que había sido condenado, acusado de colgar pancartas en las que aparecían anagramas de Segi y fotos de una quincena de etarras, entre ellas las de los dirigentes Xabier García Gaztelu, alias 'Txapote', o Francisco Javier López Peña, 'Thierry'.

La Audiencia Nacional basó su condena de un año de cárcel en las huellas dactilares de Vidaurre encontradas en la cinta adhesiva utilizada en tres de las pancartas que portaban fotos de etarras. El Supremo comparte con la Audiencia Nacional que las huellas de Vidaurre fueron encontradas en la parte interior de la cinta adhesiva y que, por tanto, "sólo pueden corresponderse con quien desenrosca y tira de la cinta", pero matiza: eso no sitúa de forma directa al acusado en la elaboración activa de sus pancartas, "asumiendo así su contenido".

Insisten los jueces de la Sala de lo Penal en que no ha habido testimonio "que sitúe al acusado ni en la confección ni en la colocación de las pancartas", ni tampoco testificales de la Ertzaintza, considerando que la Audiencia Nacional hizo un salto inferencial no justificado. El Supremo también alude en su sentencia a las "peculiares circunstancias del caso", unas celebraciones locales, indicando que la cinta adhesiva es utilizada por mucha gente durante la preparación de unas fiestas: señala que existe una "participación colectiva" de los vecinos en la elaboración de adornos y carteles, donde "acostumbran a entremezclarse para acometer las diferentes labores de preparativos de las fiestas, usando precisamente materiales como los que son tenidos en cuenta aquí como prueba exclusiva".

Vidaurre reconoció haber participado, junto con otros vecinos, en los preparativos de las fiestas de Galdakao (Vizkaya), pero negó haber participado en la elaboración de las citadas pancartas. Justificó de esta manera la defensa del ahora absuelto la presencia de sus huellas dactilares en la cinta adhesiva utilizada en las pancartas que portaban fotos de los etarras.

La sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a Xavier Vidaurre Sanz a un año de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo, además de a siete años de inhabilitación absoluta y al pago de las costas del juicio. Su sentencia fue revisada el pasado 12 de junio por los magistrados del Tribunal Supremo.

 
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