La justicia indemniza con 50.000 euros a la pareja de un preso que murió por una dosis equivocada de metadona
Decidieron inyectarle una dosis para frenar la abstinencia. Se le prescribieron 15 miligramos de al día, pero por error se le administraron 75 miligramos
La sección quinta de la sala de lo contencioso estima parcialmente el recurso formulado por la pareja de un preso que murió en la cárcel fruto de una sobredosis de metadona aplicada por error por los servicios médicos del centro penitenciario.
El hombre, politoxicómano, acababa de ingresar en prisión, en diciembre de 2008 y los servicios médicos decidieron inyectarle una dosis de metadona para frenar los efectos de la abstinencia. Se le prescribieron 15 miligramos de metadona al día, pero por error se le administraron 75 miligramos.
El recluso fue trasladado a urgencias, donde se negó a que le administraran un suero con medicación para paliar el efecto de la sobredosis de metadona. Los responsables de la prisión, le trasladaron de nuevo al recinto carcelario y a la mañana siguiente el hombre apareció muerto en su celda.
El ministerio del Interior a través de la secretaria general técnica desestimo la reclamación formulada por la familia del preso, pero ahora la sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional estima parcialmente el recurso de la familia al entender que la actuación de los servicios médicos del centro penitenciario no fue acorde a una situación de grave peligro vital en la que se había puesto al interno por una actuación anormal de los propios servicios penitenciarios, mediante el suministro de una sobredosis de metadona.
Los jueces consideran que no se adoptaron las medidas necesarias para convencer al recluso de la necesidad médica de someterse al tratamiento adecuado para eliminar el grave peligro vital, "pues ante un potencial peligro para la vida, emanado de una negligencia de los servicios de la prisión, era posible y exigible la necesidad de arbitrar medios de convencimiento psicológico mas convincentes e intensos a los que aparecen en el expediente administrativo".
Los jueces recuerdan el deber de la Administración Penitenciaria de velar por la vida, integridad y salud de los internos y describen que desde que el recluso se apaciguó a las 22:30 horas hasta las 8:00 horas que se percataron de su fallecimiento en la celda, no consta que se controlara su situación médica. Ante la evidente negligencia los magistrados reconocen el derecho de la familia a ser indemnizados con 50.000 euros.

Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...




