El alcalde será el primero en comparecer en la comisión del caso Zambrana, que concluirá en abril
PP, PSOE e IU coinciden en que los trabajos políticos no deben interferir en el proceso de las elecciones europeas

El secretario del Ayuntamiento conversa con Oscar Puente y Alfredo Blanco(agencia ical)

"Venimos vírgenes al matrimonio", afirma el portavoz del PP, Jesús Enríquez, para explicar de forma metafórica la ausencia de prejuicios en esta comisión política. El objetivo es esclarecer la responsabilidad del Ayuntamiento de Valladolid ante el pago de 20 millones de euros a los propietarios de una parcela de 5,3 hectáreas
El 5 de marzo se reunirá de nuevo la comisión de investigación integrada por cinco concejales y el secretario municipal. Hasta entonces los ediles deberán conocer los expedientes relativos a la modificación del Plan General solicitada por los propietarios, la expropiación y el procedimiento jurídico.
El objetivo es concluir la investigación en el mes de abril, antes de las elecciones al Parlamento Europeo del mes de mayo.
Oscar Puente (presidente de la comisión), Jesús Enríquez (PP) y Manuel Saravia (IU) coincidieron en destacar las coincidencias, aunque el buen tono del primer día no suponga una garantía de consenso en las conclusiones sobre las causas que propiciarán el pago de 20 millones de euros a los propietarios de la finca Zambrana.
Setenta años después de que el Ministerio de Justicia expropiara los terrenos para construir el denominado centro Zambrana los juzgados han resuelto, parcialmente, uno de los flecos pendientes: el justiprecio de 53.000 metros cuadrados (5,3 hectáreas de un total de 40,4 hectáreas en el entorno) . Se trata de una parcela que no fue utilizada ni para el Centro Especial de Menores ni para la construcción del nuevo Hospital Río Hortega.
Expropiación antigua y acuerdos recientes
La comisión de investigación inicia su andadura a partir de la sentencia desvelada por la Cadena SER el 28 de enero.
Dos años después de la muerte de Franco, en 1977, los propietarios pidieron la devolución de sus antiguos terrenos ante la falta de uso. Se trata de una parcela que podía tener un destino agrícola porque el barrio Delicias no contemplaba una planificación urbanística en esa zona. En 1984 el Estado traspasa a la Comunidad Autónoma el suelo problemático. En 2007 la Junta de Castilla y León firma el convenio de "reversión" de una parte del terreno expropiado originariamente".
Sin embargo, el suelo era ya "dotacional", lo que perjudicaba claramente a los titulares porque no podían venderlo para construir viviendas. En consecuencia, solicitan que una "reexpropiación". La Comisión Territorial de Valoración tasó la parcela norte en junio de 2012 en 17 millones de euros. El Ayuntamiento no puso objeciones.
Al final, la familia de "don Juan" se amparó en las normas legales para instar a la expropiación de los terrenos calificados como "dotaciones públicas". Los jueces también cuestionan los acuerdos adoptados recientemente por el Ayuntamiento de Valladolid a través de la Junta Local de Gobierno el 8 de febrero y el 19 de abril de 2013.
El fallo de la sentencia establece varios puntos:
3º ORDENAR AL AYUNTAMIENTO DEMANDADO, conforme a lo señalado en el fundamento de derecho quinto de esta sentencia, que pague a la parte demandante, en la condición que actúa, la cantidad de 16.774.328,12 en concepto de justiprecio fijado por la Comisión Territorial de Valoración de Valladolid mediante acuerdo adoptado en la sesión celebrada el día 21 de junio de 2012. El importe que se entregue en cumplimiento de lo ordenado tiene carácter provisional y queda subordinado, en todo caso, al resultado del litigio que tiene planteado la parte demandante ante el TSJ de Castilla y León, Sala de lo Contencioso-administrativo de Valladolid.
4º ORDENAR AL AYUNTAMIENTO DEMANDADO, conforme a lo señalado en el fundamento de derecho sexto de esta sentencia, que pague a la parte demandante, en la condición en la que actúa y en los términos previstos en el artículo 50,2 de la Ley de Expropiación Forzosa, la cantidad de 838.716,40 euros en concepto de premio de afección correspondiente al justiprecio fijado por la Comisión Territorial de Valoración de Valladolid en la sesión celebrada el día 21 de junio de 2012.
5º RECONOCER A LA PARTE DEMANDANTE, en los términos señalados en el fundamento de derecho séptimo de esta sentencia, el derecho a percibir del Ayuntamiento demandado los intereses que resulten por mora en la fijación del justiprecio y en el pago del mismo. El Ayuntamiento demandado deberá de proceder a liquidar dichos interés aplicando los criterios señalados en el fundamento de derecho indicado señalando, además, que el abono de la cantidad que resulte se hará a la parte demandante en la condición en la que actúa y con el carácter p




