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El Constitucional elimina las condiciones de entrega de condenados a otros países

El alto tribunal ha cambiado el criterio que mantenía hasta ahora por el que exigía al país que reclama a uno de sus condenados que éste pudiera revisar la sanción impuesta una vez que fuera entregado

El Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado una relevante sentencia que modifica su doctrina respecto a la extradición de condenados en ausencia, aquellas personas que no han asistido al juicio en su país, aunque sí han estado representados por sus abogados en el mismo.

Hasta ahora, para garantizar el derecho de defensa el Constitucional exigía como condición previa a la entrega la posibilidad de que el penado pudiera recurrir en su país la condena dictada en ausencia. A partir de ahora, ya no será necesario ese condicionamiento previo.

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El Tribunal de garantías revisa y anula la doctrina que estableció en la sentencia 9/2000 y declara que "no vulnera el contenido absoluto del derecho a un proceso con todas las garantías (art.24.2 CE) la imposición de una condena sin la comparecencia del acusado y sin la posibilidad ulterior de subsanar su falta de presencia en el proceso penal seguido, cuando la falta de comparecencia en el acto del juicio consta que ha sido decidida de forma voluntaria e inequívoca por un acusado debidamente emplazado y éste ha sido efectivamente defendido por letrado designado".

Preso italiano

El alto tribunal español se pronuncia por la reclamación que realizó un preso italiano condenado en ausencia a 10 años de cárcel por un delito quiebra fraudulenta que recurrió la decisión de ser extraditado si no se mantenía la condición de que pudiera revisar la condena cuando llegara a su país.

El cambio de la doctrina se produce después de que el Tribunal Constitucional decidiera, por primera vez en su historia, elevar una cuestión prejudicial sobre este asunto al Tribunal de Justicia de la UE, para conocer el alcance e influencia de las legislación europea en este campo.

La vicepresidenta el Constitucional, magistrada Adela Asua, comparte la opinión del tribunal pero considera que la sentencia "desaprovecha la ocasión de reflexionar y reflejar las importantes transformaciones que la pertenencia a la Unión Europea ocasiona a la función jurisdiccional" del Tribunal Constitucional.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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