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El Supremo reconsidera la filiación de los hijos nacidos por gestación subrogada

El alto tribunal acuerda escuchar las alegaciones de la pareja a la que impidió inscribir en el registro a sus hijos nacidos por gestación subrogada, después de que Estrasburgo haya condenado a Francia por no permitirlo

(THINKSTOCK)

El pleno de la sala de lo civil del Tribunal Supremo ha acordado este lunes volver a escuchar a las partes de su sentencia de febrero que negó la inscripción en el registro civil español a dos niños nacidos en California mediante la gestación subrogada Los jueces toman esta decisión después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya condenado a Francia por no permitir esta inscripción y filiación en circunstancias similares.

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La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a Francia por no inscribir en el registro civil a hijos nacidos en el extranjero mediante la gestación subrogada sigue teniendo eco en nuestro país. Si el viernes pasado fue el Ministerio de Justicia quien confirmó que instará un cambio en la legislación para inscribir a niños nacidos mediante esta técnica, este lunes han sido los jueces del pleno de la sala de lo civil del Tribunal Supremo quienes han decidido volver a estudiar su doctrina en torno a este asunto: han acordado escuchar a la pareja homosexual a la que negó esta inscripción en febrero de este año, para decidir qué hacer con este asunto.

Es decir, que el Tribunal Supremo volverá a revisar este caso que sentó doctrina y marcó el camino a seguir a los jueces españoles en cuando a la inscripción de los hijos nacidos mediante la gestación subrogada en el extranjero, en este caso en California. Argumentaron entonces que no denegaban su inscripción en el Registro Civil, pero sí "la constancia de su filiación", es decir, la constancia de que los hombres que utilizaron esta técnica en Estados Unidos son los padres de los dos pequeños.

En esta sentencia, la sala recordaba que la ley española "considera nulo el contrato de gestación por sustitución, y determina la filiación materna por el parto".

Se trata de un trámite iniciado por el Supremo antes de resolver la petición de nulidad planteada por la pareja, y después de conocer la sentencia del TEDH que condenó a Francia por no reconocer a estos niños nacidos por gestación subrogada. Las partes (la pareja, la dirección nacional del Registro y el Notariado y el Ministerio Fiscal) serán escuchadas por los jueces antes de una decisión definitiva.

Hora 25: Padres que no pueden serlo (24/06/14)

49:31

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