Sociedad

Protegidos contra los desahucios

Los afectados por cláusulas suelo que hayan iniciado acciones judiciales no podrán verse privados de su vivienda hasta que no haya una resolución definitiva sobre la demanda

(EFE)

Una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea da la razón a los afectados por las cláusulas suelo y determina que, mientras dure el procedimiento judicial que determinará lo abusivo o no de estas condiciones hipotecarias, aquellos que las padecen no podrán ser desahuciados ni verse expuestos a la pérdida de su vivienda.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea da un respiro los consumidores que hayan iniciado acciones judiciales con el fin librarse de la polémicas cláusulas suelo que mantienen en sus hipotecas. Mientras dure el proceso que determinará si las condiciones hipotecarias a las que están sometidos son abusivas, o no, estarán protegidos frente a cualquier tipo de ejecución hipotecaria.

A pesar de que ya se han dado casos de desahucios paralizados por la existencia de un procedimiento abierto contra cláusulas consideradas abusivas, es cierto que la legislación española no permite, en general, esta posibilidad que ahora sí concede la justicia europea, lo que, según la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE), es una nueva muestra de la necesidad de profundas reformas en materia de protección del consumidor frente a las ejecuciones hipotecarias.

Según los datos que ofrece ADICAE, son ya más de 4 millones los españoles hipotecados con cláusulas suelo y que, de sumarse a la demanda colectiva, podrían entrar dentro de esta protección que concede la jurisprudencia europea frente a futuros desahucios.

Eso sí, desde ADICAE resaltan que la protección sólo se mantendrá hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva, en uno u otro sentido, la causa que aún tiene abierta. De ser favorable a los consumidores, "habría que revisar uno a uno cada caso para determinar si la imposibilidad del pago de la hipoteca se debe a la cláusula abusiva a la que se encontraban sometidos o no". Solamente si se determina que ese era el principal factor del impago, el desahucio sería declarado nulo.