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Condenadas por incluir injustamente a un hombre un el fichero de morosos

Dos empresas denunciaron a un cliente como moroso reclamándole una deuda falsa de casi 1.200 euros

El Tribunal Supremo condena a la empresa responsable de un fichero de morosos a pagar 5.000 euros a un hombre por haberle incluido en ella injustamente. También condena a la empresa de publicidad que cedió los datos del perjudicado al considerarlo una intromisión en su derecho al honor

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Una empresa de publicidad incluyó en un fichero de morosos a un abogado que contrató sus servicios para anunciarse en Páginas Amarillas. En su contrato, una de las clausulas que se escribió a mano, daba la posibilidad al interesado de cancelar los servicios contratados en cualquier momento y después de ejercer ese derecho, la empresa decidió denunciarle ante uno de esos ficheros como moroso, reclamándole una deuda de casi 1.200 euros por el importe total que teóricamente habría abonado a lo largo del tiempo del contrato. La empresa no tuvo en cuenta este punto en el acuerdo y decidió denunciar a su cliente. El hecho de aparecer en uno de estos ficheros impidió al interesado renovar el aval bancario gracias al cual podía conseguir el alquiler de la casa de un empleado.

Se invalida, así, la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que en un primer momento no condenó a la empresa responsable del fichero y condenó al hombre a pagar las costas de esa empresa entonces absuelta. Ahora, el Tribunal Supremo da la razón al abogado que fue incluido en esa lista al considerar probada la posibilidad de romper el contrato y condena tanto a la empresa de publicidad como a la responsable del fichero a pagar 5.000 euros, porque el Alto Tribunal entiende que se trata de una intromisión en el derecho al honor de dicho cliente.

 
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