El Supremo rebaja de 12 a 7 años la pena para un terrorista de Resistencia Galega
El condenado diseño un plan para volar por los aires sedes del PP en esa Comunidad. Cada artefacto intervenido por la Policía contenía medio kilo de explosivo
Madrid
La Sala de Lo Penal del Alto Tribunal señala en su fallo que no es lo mismo estar integrado en la estructura de un grupo terrorista - integración en banda armada - que colaborar con ese grupo.
Por eso, los magistrados aplican el delito consumado de colaboración que lleva aparejado una pena privativa de libertad de siete años y no los doce que le impuso la Audiencia Nacional.
Más información
Una carta de la compañera sentimental del terrorista ha sido una de las principales pruebas de cargo ya que en esa misiva la chica reconoce que está implicado y participa en la actividad de Resistencia Galega.
En su fallo, el Supremo recuerda que la tenencia ilícita de explosivos - un artefacto fue intervenido - ha quedado más que demostrada lo que se une al delito de colaboración y fija la pena en siete años de prisión.