Tribunales

El Supremo avala los despidos de trabajadores que usaron la Visa para gastos personales

La sala de lo Social entiende que los despidos disciplinarios por ese motivo están regulados por una normativa distinta al Código Penal por lo que rescindir un contrato es posible aunque el trabajador resulte absuelto del delito de apropiación indebida

El uso personal e ilegal de la tarjeta corporativa está más que demostrado, otra cosa es que se trate de un delito con responsabilidades penalesGetty Images

Madrid

El Supremo no ha admitido el recurso de casación interpuesto por el jefe de ventas de una empresa madrileña que utilizaba la tarjeta de crédito corporativa para gastos personales. El trabajador resultó absuelto de un delito de apropiación indebida por falta de pruebas.

Y aquí el Alto Tribunal es taxativo. El uso personal e ilegal de la tarjeta corporativa está más que demostrado, otra cosa es que se trate de un delito con responsabilidades penales. Como el acusado fue absuelto, presentó ante el Supremo esa sentencia absolutoria para evitar el despido.

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Los magistrados de lo Social señalan que para revisar una sentencia son requisitos imprescindibles que no existan los hechos investigados o que el acusado no haya participado en esos hechos. Ninguna de esas condiciones se dan en este caso: el sujeto utilizó la tarjeta durante las vacaciones y los fines de semana.

El Supremo concluye que “la calificación de un hecho como constitutivo de un incumplimiento contractual - el contrato laboral que le ligaba a la compañía – se regula por normas distintas de las que contemplan la calificación de los delitos”. Esto conlleva que existen diferentes conceptos de culpa y responsabilidad.

En resumen, puede no existir delito, pero existe una infracción laboral que recibe una sanción desde la jurisdicción de lo Social: el despido.

 
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