Tribunales

El dragado del Guadalquivir se va a pique

El Tribunal Supremo ha hecho naufragar las respectivas del Ayuntamiento de Sevilla y del Ministerio de Medio Ambiente al declarar la nulidad del Real Decreto 355/2013 de 17 de mayo por el que se aprobó el Plan Hidrológico del Guadalquivir que proyectaba el dragado de la desembocadura y el lecho fluvial del canal del Puerto de Sevilla, en el río Guadalquivir y dañaría la zona de Doñana.

Madrid

La sentencia de la sección 4 de la Sala de lo contencioso estima parcialmente el recurso que presentó la asociación ecologista " www- adena" y también se declara la nulidad de la calificación de dicha obra de dragado como " medida complementaria".

Más profundo para los cruceros peor para Doñana

El dragado del canal que ahora se declara nulo preveía incrementar la profundidad de 6,8 metros a 8 metros en el tramo de la desembocadura. Y de 6,5 metros hasta los 7,60 metros en el canal fluvial. El alto tribunal se basa en la Directiva Marco de Agua (art 4.7) y en el Reglamento de planificación Hidrológica ( art 39.2) para concluir que no se han explicado o justificado, de forma " especifica" en el plan, los motivos por los que se realiza esa obra que ocasionará modificaciones o alteraciones de las masas de agua, con el consiguiente deterioro y su repercusión sobre uno de los enclaves más protegidos de Europa, Doñana.

Perjudica la masa de agua

La Sala considera que esa explicación, que se impone cuando se prevén actuaciones que empeoran el estado de las masas de agua, no puede hacerse con posterioridad al plan. Y no puede hacerse por tres razones: 1) porque expresamente lo impiden los artículos antes citados. 2) porque esta anticipación de la decisión ambiental en el momento en que se aprueba el plan y no después cuando se aprueba el proyecto, es la única acorde con la evolución de las normas ambientales. Y la tercera razón es porque la solución contraria privaría eficacia al contenido del plan y resultaría incompatible con su naturaleza como un verdadero plan de actuación.

Daños irreparables

Los jueces en su sentencia incluirán los informes técnicos como el de la Comisión Científica, cuyo dictamen advierte de las consecuencias nocivas para el medio ambiente en el estuario de Doñana, " que en la situación actual el dragado de profundización se ha demostrado incompatible con la conservación del estuario y por lo tanto de Doñana".

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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