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Dimite el Secretario General del PSOE en Melilla por el caso 'voto por correo'

El juzgado de instrucción ha decretado la apertura del juicio oral y le da 10 días para presentar la cantidad de 679.000€

Gregorio Escobar, secretario general del PSOE en Melilla. / EFE

Gregorio Escobar, secretario general del PSOE en Melilla.

Melilla

En rueda de prensa ha declarado que asumía su responsabilidad orgánica con el partido y que, "teniendo conocimiento de la apertura de juicio oral, renuncia al cargo tal y como había anunciado durante la campaña electoral".

Gregorio Escobar ha diferenciado entre la responsabilidad penal que debe asumirse "ante la justicia y de la que se proclamaba convencido de su inocencia y de la de sus compañeros, y la responsabilidad política", por la que presentaba su renuncia".

Escobar destacaba que pone así fin a 11 años de labor política, "con la cabeza alta y asumiendo su compromiso ético con los ciudadanos". En cuanto a la nueva organización del partido, Escobar explicaba que cuando dimite un Secretario General también dimite toda la comisión ejecutiva y por tanto, se abre un proceso de comisión gestora a la que le corresponderá ahora la dirección del partido.

El Juzgado de Instrucción nº 4, ha decretado la apertura de juicio oral en el llamado 'caso del voto por correo', referente a los hechos ocurridos en las elecciones generales del 2008. Los delitos de los que se le acusa en la calificación fiscal al hasta ahora secretario general del PSOE son:

  • Un delito continuado de prevaricación del art. 404 del CP, en relación al artículo 74 del Código Penal, la pena de diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. (apartado J).
  • Un delito continuado de malversación de caudales públicos del artículo 433 CP en relación al artículo 432 CP y 74 del Código penal, la pena de seis años de prisión e inhabilitación absoluta por diez años. (apartado i).
  • Un delito de asociación ilícita de los arts. 515 y ss CP, la pena de tres años de prisión, multa de veinticuatro meses con una cuota diaria de veinte euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e inhabilitación absoluta durante diez años (apartado h).

En el auto, el juez pide que en el plazo de 10 días deposite la cantidad de 636.568,70 en concepto de responsabilidad civil, y 43.200 € en concepto de multa.

El juzgado dictamina que "se declara órgano competente para el conocimiento y fallo de la presente causa a la Audiencia Provincial de Málaga, en su Sección 7ª con sede permanente en Melilla".

 

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