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El Gobierno permitirá la venta de cigarrillos electrónicos en las farmacias

Es una de las novedades que contempla el Proyecto del nuevo Real Decreto en el que trabaja el Ministerio de Sanidad. Sin embargo, prohibirán su publicidad y obligarán a alertar en el etiquetado que “no se recomienda su consumo a los no fumadores” porque “no se pueden excluir los riesgos para la salud”. España renuncia a equiparar los e-cigarrillos al tabaco. Tampoco impondrá el empaquetado genérico de las cajetillas

Madrid

Igual que el resto de países europeos, España tenía de plazo hasta marzo de 2016 para adaptar la nueva directiva europea respecto las nuevas obligaciones sobre el tabaco y los cigarrillos electrónicos.

Pero el Gobierno ha adelantado los plazos.

El Ministerio de Sanidad ha ultimado ya el borrador del nuevo Real Decreto que regulará la fabricación, la presentación y la venta de los productos del tabaco.

Este texto, también incluye “por primera vez, una regulación específica” para los cigarrillos electrónicos (aunque el Ministerio de Sanidad prefiere llamarlos ‘dispositivos susceptibles de liberación de nicotina’).

Y es aquí, donde nos encontramos con varias novedades.

La primera, afecta a los puntos de venta de los cigarrillos electrónicos.

El propio Ministerio de Sanidad admite que estos productos “se publicitan como inocuos, sin embargo, no se pueden excluir los riesgos para la salud”. Y dan varios avisos:

  • “A corto plazo, se han hallado efectos fisiológicos adversos en las vías respiratorias similares a aquellos asociados al humo del tabaco (y aclara que son necesarios más estudios para conocer los efectos a largo plazo”
  • “Se han encontrado sustancias cancerígenas en líquidos y vapor de cigarrillos electrónicos”
  • “Se han descrito numerosas intoxicaciones y efectos adversos”
  • “La seguridad y la eficacia de los cigarrillos electrónicos como ayuda para dejar de fumar no han sido demostradas y podrían actuar en el mantenimiento o iniciación de la adicción a la nicotina”

A pesar de todas estas advertencias, en el artículo 31 del Proyecto de Real Decreto, se contempla que los cigarrillos electrónicos se puedan vender en “farmacias y parafarmacias” (además de estancos y tiendas especializadas).

“Esto no tiene ninguna lógica”, según explica a la Cadena SER, Francisco Rodríguez vocal del Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT) “porque si no está demostrado que el cigarrillo electrónico sirve para dejar de fumar, no es razonable que se permita la venta en farmacias”, igual que sí se hace con "los parches o los chicles de nicotina", recuerda.

Incluso desde la Asociación Nacional de Cigarrillos Electrónicos creen que el mejor punto de venta “deben ser exclusivamente los centros especializados y los estancos”.

A este colectivo no le gusta la redacción actual de este borrador, entre otras cosas "por ser de lejos, uno de los más estrictos del mundo en cuanto a carga administrativa".

Se refieren, por ejemplo, a que cualquier pesona que comercialice estos dispositivos será obligada a inscribirse en un registro nacional de comerciantes, no hacerlo supondrá una infracción grave (sancionada con entre 3.005,07 a 15.025,30 euros).

Además, "se prohíbe su venta ambulante, la venta a distancia, incluido Internet, y la venta en máquinas expendedoras”. También se prohibirá cualquier tipo de publicidad de los cigarrillos electrónicos (igual que ya ocurre con el tabaco), según se puede leer en este Proyecto de Real Decreto.

Sin embargo, a pesar de estas restricciones desde la CNPT lamentan que España no haya sido valiente para equiparar estos dispositivos al tabaco “en lo que se refiere a la fiscalización, ni a la prohibición de fumar en espacios comunes (como bares o restaurantes)”.

  • a las sociedades científicas no les gusta el real decreto
Javier Bañuelos

Javier Bañuelos

Redactor Jefe en la Cadena SER responsable de la información sobre Interior y Defensa. Antes trabajé...

 
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