Tres años de cárcel para un guardia civil que acosó sexualmente a una compañera
El Supremo señala en su sentencia la "grosería, gravedad y continuidad del acoso sexual" cometido por un agente durante 14 meses sobre una joven guardia recién ingresada en la institución

Dos agentes de la Guardia Civil en labores de vigilancia. / CADENA SER

Madrid
La agresión sexual continuada durante 14 meses se desarrolló desde junio de 2009 y hasta octubre de 2010 en las instalaciones de la Guardia Civil de la localidad madrileña de Tres Cantos. Este acuartelamiento es la sede principal de la 111 Comandancia del instituto armado.
Estas agresiones han provocado no solo el resultado típico de este delito, sino una consecuencia que es independiente de ese ilícito penal: generar una enfermedad sequía específica, que fue diagnosticada por especialistas y que provoco un larguísimo tratamiento. La víctima tardó en sanar 925 días.
Y es aquí donde el fallo del Supremo, del que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde-Pumpido, da un paso decisivo en la represión de este tipo de actividad delictiva. Para la Sala de Lo Penal existe una lesión psiquiátrica que penalmente es autónoma del delito de agresión sexual, lo que significa "un reproche penal específico". Es decir, a mayor perpetración de delitos, mayor pena.
La sentencia recoge, como hechos probados, algunas de las frases que el condenado decía a su compañera: "Tienes que ponerte de rodillas y hacerme una felación… Con lo jovencita que eres te puedo enseñar muchas cosas y vas a disfrutar tanto que me vas a pedir de rodillas que tenga relaciones contigo, te voy a follar de tal forma que vas a morir de placer". Frases y acoso que se ha producido de forma habitual en instalación militar.

Alfonso Ojea
Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...




