La Justicia espera preparada
El Tribunal Constitucional y el Gobierno, justicia y política, tienen en sus manos instrumentos para frenar la iniciativa separatista
Madrid
El pasado mes de diciembre el Tribunal de Garantías suspendió la resolución independentista y advirtió a 21 cargos del Parlament y de la Generalitat "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir esa la suspensión, pero al mismo tiempo, los jueces del Constitucional advertían con claridad a estos 21 políticos "de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir", si desobedecen.
No importa el nombre de las personas que lo pongan en marcha, porque la suspensión incluye a todos los funcionarios, políticos o poderes públicos "que tienen la obligación de cumplir las resoluciones de este Tribunal".
Si no lo hacen, la reciente reforma de la ley del Tribunal Constitucional habilita a esta institución "a suspender en sus funciones" a quien ignore la orden y no habla de nombres, sino de cargos.
El Tribunal Constitucional también puede instar a la fiscalía a que inicie una vía penal por un delito de desobediencia. Una acción que continúa abierta en el Tribunal Superior de Justicia Cataluña y que podría ser ampliada si aparecen otros responsables o autores de esa desobediencia.
Para poner en marcha la maquinaria judicial, primero se tienen que cometer el delito, la desobediencia o decisiones similares. Entonces, el Constitucional puede requerir la colaboración del Gobierno de la Nación para que adopte las medidas necesarias. Entre ellas, ordenar al delegado del gobierno a Cataluña que haga cumplir la ley, aunque no se especifica cómo hacerlo porque nunca se ha hecho.
Otra opción, tomar la decisión política más contundente que tiene entre sus competencias: activar el artículo 155 de la Constitución, asumiendo parte de las competencias autonómicas con el fin de obligar al cumplimiento de la ley a quien hubiere desobedecido; sea el Parlamento o el nuevo Gobierno catalán.
En este sentido, según fuentes de La Moncloa, la constitución del Senado el próximo miércoles es un hecho importante, puesto que será una Cámara a pleno rendimiento y con mayoría absoluta del PP. Hay que recordar que las propuestas concretas que el Gobierno pueda incluir en la aplicación del artículo 155 deben ser aprobadas por la Cámara Alta.
Una vez que el Tribunal Constitucional (TC) reciba el informe, o si transcurrido el plazo fijado el Tribunal apreciase el incumplimiento total o parcial de su resolución, podrá adoptar las siguientes medidas: imposición de multa coercitiva de 3.000 a 30.000 euros a las autoridades, empleados públicos o a particulares; acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos responsables del incumplimiento o la ejecución sustitutoria de las resoluciones recaídas en los procesos constitucionales.
Para esto último y según la modificación del artículo 92 de la ley del TC, este tribunal podrá requerir la colaboración del Gobierno de la Nación a fin de que, en los términos fijados por el TC, adopte las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las resoluciones. De hecho, si esto sucede, y según fuentes del gobierno, el Ejecutivo podría ordenar a la Delegación del Gobierno en Cataluña que hiciera cumplir las resoluciones del TC.
El Tribunal Constitucional también puede deducir oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder, ya que "desobedecer" una resolución de un tribunal es un delito penal. De hecho, en el caso de "desobediencia", la propia Fiscalía podría instar el procedimiento en la jurisdicción penal.
Y si lo incumplido es de "especial transcendencia constitucional", el Tribunal, de oficio o a instancia del Gobierno, podrá adoptar las "medidas necesarias" para asegurar su debido cumplimiento "sin oír a las partes".
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...