La responsabilidad penal de las empresas condena a 3 compañías que traficaron con drogas.
El Tribunal Supremo ha condenado a tres empresas por tráfico de drogas en una sentencia en la que, por primera vez, el alto tribunal aplica la responsabilidad penal de personas jurídicas como es el caso de compañías mercantiles u otras organizaciones.
Comunidad de Madrid
El alto tribunal ha confirmado las condenas que la Audiencia Nacional impuso a esas compañías que participaron en delitos contra la salud pública, en concreto en el tráfico de más de 6.000 kilos de cocaína escondida en maquinaria dentro del negocio de la importación con Venezuela.
El Supremo solo ha hecho una salvedad: una de las empresas no será disuelta a porque cuenta con una plantilla de más de cien personas que no tienen que sufrir los graves perjuicios de dicha medida.
En cualquier caso esta mercantil debe pagar una multa de 775 millones de euros por ese tráfico de estupefacientes.
El Supremo ha fijado como debe aplicarse la responsabilidad penal de las empresas: es básico que el delito se perpetre por una persona física que sea integrante de la persona jurídica. Es decir los administradores de las compañías
Y en segundo lugar, que las empresas no cumplan con la obligación de establecer medidas de vigilancia y control que eviten posibles delitos.