El Supremo confirma los 296 años de cárcel para los etarras que asesinaron a dos Tedax
La Audiencia Nacional ya había condenado a Itziar Alberdi Uranga y Juan Jesús Narváez Goñi por el atentado de ETA con paquete-bomba que costó la vida el 12 de junio de 1991 en Madrid a dos especialistas en desactivación de explosivos de la Policía Nacional. Los agentes intentaban desactivar el artefacto.

Parte de la fachada del Tribunal Supremo / EFE

Madrid
El Supremo rechaza los recursos de los dos condenados, que consideraban vulnerado su derecho a la presunción de inocencia, y destaca que la Audiencia publicó una sentencia basada en las pruebas existentes.
En su fallo la Sala de Lo Penal del Supremo indica que “desde la consideración de que el atentado se perpetró por el comando Ekaitz, integrado al menos por Urrusolo Sistiaga y Narváez Goñi, la sentencia de instancia recoge la plena acreditación de los hechos base con los que se concluye que Itziar Alberdi pertenecía al comando Ekaitz”.
Dice el Alto Tribunal Itziar Alberdi es la responsable de haber “ firmado ella el contrato de arrendamiento del piso de Valencia que estaba a disposición del comando y que nueve meses después de esa contratación se constatara que su vinculación con el comando no había sido sólo de arranque, sino permanente, habida cuenta que en el registro que se realizó entonces, no sólo se encontraron explosivos y documentación de ETA, sino que se encontraron huellas de José Luis Urrusolo, de Juan Jesús Narváez y de ella misma”.
Alberdi Uranga y Narváez Goñi fueron condenados, cada uno, por dos delitos de asesinato; diez de asesinato frustrado, y otro de estragos. Además, tendrán que indemnizar, de forma solidaria junto a José Luis Urrusolo Sistiaga, con 350.000 euros a cada de una de las familias de las dos víctimas mortales.

Alfonso Ojea
Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...




