Lesmes pide al Congreso el permiso para actuar contra Homs
El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, ha firmado hoy el acuerdo por el que se da traslado a la presidenta del Congreso de los Diputados, para su tramitación, del suplicatorio remitido por la Sala Segunda del alto tribunal para proceder penalmente contra el diputado y ex conseller de Presidencia de la Generalitat de Cataluña Francesc Homs por los delitos de desobediencia y de prevaricación en relación con la consulta del 9-N de 2014.
Madrid
La máxima autoridad del Tribunal Supremo tiene que dirigir este escrito preceptivo al presidente del Congreso de los diputados para que la sala penal pueda proceder contra Francés Homs.
El documento de Carlos Lesmes traslada oficialmente la petición “a los fines interesados y efectos oportunos” para que el Congreso conceda el permiso para actuar contra Homs, lo que autorizaría la celebración de un juicio penal contra el diputado. La cámara Baja tiene un plazo de sesenta días naturales, para contestar, si no lo hiciera, el suplicatorio se considera denegado.
El Congreso también podría rechazar la petición de la instancia judicial ignorándola: si no se pronuncia en un
El juez del Supremo le acusa de dos delitos que no llevan aparejada pena de cárcel sino la condena de inhabilitación para ejercer cargo público. Son delitos de prevaricación y desobediencia.
Tramites en funciones
Una vez en el Congreso, el suplicatorio de Homs deberá pasar una serie de trámites. Primero lo recibe la Mesa, órgano que deberá comprobar si cumple todos los requisitos legales y enviarlo en un plazo de cinco días a la Comisión del Estatuto del Diputado. Ésta deberá emitir en un máximo de treinta días un dictamen en el que el diputado afectado puede presentar sus alegaciones. Una vez escuchada la versión del diputado y de los grupos en comisión, el dictamen va a pleno. El reglamento establece que este tipo de votación debe ser a puerta cerrada y vía electrónica. La presidencia puede abrir turnos de debate y solo se comunica el resultado final terminado el pleno.
Una vez sometido a votación, el Presidente comunica la decisión al Tribunal Supremo. Si aceptan conceder el suplicatorio, el procedimiento judicial sigue adelante y comienza una fase de interrogatorios al imputado (ya declaró pero puede volver a ser citado) testigos, peritos o solicitud de documentos.
Si se deniega el permiso, podría suponer el sobreseimiento de la causa, aunque el Tribunal Constitucional ya ha emitido una sentencia al respecto en 1992 que fija los límites por los que el Congreso puede negar un suplicatorio “solo en los casos que perturbe el funcionamiento de la cámara”. El Tribunal de Garantías especifica que el Congreso debe justificar muy claramente sus motivos y acreditar que la intención de los querellantes es la de alterar el funcionamiento de las Cortes.
Javier Álvarez
Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...