Tribunales
CONSULTA 9-N

Abierto juicio oral a Artur Mas por desobediencia

El TSJC abre juicio oral contra Mas, Rigau y Joana Ortega por desobediencia y prevaricación tras la celebración de la consulta el pasado 9 de noviembre

Artur Mas, junto con Irene Rigau y Joana / Mateos P. ACN

Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha descartado definitivamente el único delito que conlleva pena de cárcel como es el de la malversación de caudales publico, y así el juicio oral contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas y las ex conselleras de Educación Irene Rigau y Gobernación Joana Ortega se celebrara por los delitos de desobediencia y prevaricación por la consulta del 9N.

Según el auto judicial , el ex president es autor de una desobediencia grave y de dictar resoluciones a sabiendas de que son injustas por lo que se enfrenta a diez años de inhabilitación, mientras que Rigau y Ortega, como cooperadoras necesarias, a nueve años de inabilitacion

El juez del TSJC explica que el delito de malversación no esta acreditado por días, porque cuando se aprobaron partidas económicas y contrataciones a terceros no constaba todavía la suspensión del Tribunal Constitucional.

Según consta en el auto, Mas articuló "un desafío completo y efectivo a la suspensión acordada por el TC" y “se abstuvo de suspender oficialmente la convocatoria "amparado simplemente en su voluntad, que convirtió irrazonablemente en aparente fuente de normatividad, actuando con plena conciencia y voluntad".

Según el auto judicial, el ex president actuó "incumpliendo la obligación que como convocante le atañía a raíz del mandato del TC" y fomento que todas las actuaciones puyblicas que se estaban preparando siguieran adelante.

Los acusados conscientes

"Los acusados eran plenamente conscientes de que con ello quebrantaban el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional" pero aun asi para seguir con el plan decidieron generar la apariencia de que las actuaciones administrativas públicas estaban en manos de ciudadanos voluntarios, “si bien se mantuvo convenientemente en segundo plano, de forma que de cara al exterior la apariencia fuera de un proceso exclusivamente gestionado por ciudadanos voluntarios",

En definitiva, concluye el magistrado, "la concatenación de acciones y omisiones de los acusados y la secuencia de actos jurídico-administrativos que de las mismas se derivaron, formalizados o no, por parte de funcionarios subordinados a aquéllos, determinaron la total ineficacia de la orden de suspensión cautelar" contenida en la providencia del TC.

Consulta completo el auto de apertura de juicio Oral a Artur Mas, Irene Rigau y Joana Ortega.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

 
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